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Tres errores que deberás evitar para conseguir el pasaporte español

La Nacionalidad Española por Residencia es una de las vías de adquisición de la ciudadanía española. A través de este procedimiento, si usted lleva residiendo un tiempo en España de forma legal y continuada, buena conducta cívica e integración, puede solicitar y adquirir la nacionalidad española.

Existen varios supuestos en los que el plazo de 10 años de residencia se puede reducir:

1) Cinco años de residencia legal: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.

2) Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

3) Un año:

§ El que haya nacido en territorio español.

§ El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

§ El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

§ El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

§ El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

§ El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

La solicitud la podrá realizar de forma electrónica completando el formulario al que se accede desde la página web del Ministerio de Justicia o mediante un representante legal asesor.

Pueden solicitar la nacionalidad por residencia:

a) Cualquier persona mayor de edad.

b) Si el solicitante es menor de edad pero mayor de 14 años, podrá solicitarla asistido por sus representantes legales.

c) Si es menor de 14 años, deberán solicitarla los titulares de la patria potestad o representantes legales, quienes deberán aportar además, autorización judicial previa que se solicita en el mismo Registro Civil.

d) Si alguno de los representantes legales vive fuera de España, habrá de presentarse un documento de autorización del ausente para llevar a cabo el trámite de nacionalidad que afecta a su hijo

Durante la solicitud deberá aportar diversa documentación que debe digitalizar y adjuntar. Dispone de cuatro meses desde la fecha de creación para completar su solicitud, si pasado ese plazo no ha firmado y enviado la solicitud, ésta se borrará de manera automática.

La documentación que debes presentar para proceder a la solicitud de tu nacionalidad española por residencia es la siguiente:

1) Modelo de solicitud normalizado.

2) Certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso, conforme los Convenios Internacionales.

3) Copia completa del pasaporte, que deberá estar en vigor.

4) Certificado de antecedente penales del país de origen debidamente legalizado y traducido conforme a Convenios Internacionales.

5) Certificado de empadronamiento actualizado.

6) Copia completa de tu tarjeta de residencia en vigor o copia del Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, en caso de que seas ciudadano comunitario.

7) Documentación adicional que quieras adjuntar a tu expediente como puede ser copia de tu contrato de trabajo, tarjeta sanitaria, formación adiciona.

8) Certificado Apto del CCSE y/o DELE en su caso.

9) Tasa abonada correctamente. Para iniciar el proceso de solicitud de nacionalidad española es necesario abonar una tasa administrativa. En este caso debe ser la tasa 790 código 026.

Esta documentación es la necesaria para la presentación de la solicitud de la nacionalidad española para todas aquellas personas emancipadas o mayores de dieciocho años que no tengan la capacidad modificada judicialmente.

Puede aportar documentación adicional a su expediente de nacionalidad por residencia ya iniciado en Sede Electrónica, a través de Solicitud de nacionalidad española por residencia.

¿Pero cuáles son estos errores que debes evitar al momento de solicitar la nacionalidad?

1. El tiempo de residencia como estudiante no cuenta; es decir, no computa a efectos de acreditar la residencia en España y solicitar la nacionalidad española por residencia

2. Siendo iberoamericano deberás acreditar la residencia legal y continuada en España por al menos DOS años a contar a partir del momento que obtuviste la resolución de aprobación de tu solicitud de residencia nunca antes.

3. Esperar: Si ha transcurrido UN año y no te han contestado acerca de tu solicitud de nacionalidad no te quedes esperando, ya que la forma para agilizar los trámites de nacionalidad española es presentando un recurso contencioso administrativo.

El recurso es la forma más eficaz para obtener la contestación definitiva a tu solicitud de nacionalidad. Mediante el recurso podrás conseguir:

o La contestación definitiva de la aprobación de tu solicitud de nacionalidad

o O la solicitud de que aportes documentación adicional para obtener la resolución de su solicitud

Pide más información a través de nuestra página web moralesasencio.com

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Abogada de inmigración española y columnista de Diario Libre desde el 2021. Especialista en visados a España y Europa, permisos de trabajo y obtención nacionalidad española. Trabaja en el despacho Morales Asencio.