Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Trabajo
Trabajo

¿Sabes cuánto te corresponde cobrar cuando te vas de vacaciones?

El artículo 181 del Código de Trabajo de la República Dominicana indica que el salario correspondiente al período de vacaciones debe ser pagado al trabajador el día anterior al del inicio de éstas, junto con los salarios que a esta fecha hubiera ganado. El salario correspondiente al período de vacaciones comprende la remuneración habitual, según lo dispuesto en el artículo 177
TEMAS -

Productora audiovisual graduada en la PUCMM. Actualmente trabaja como subeditora en el periódico Diario Libre.