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La columna de migración

Residencia negada por matrimonio falso

No preparar su caso desde el principio tiene esta consecuencia. Si usted hace un caso completo desde el principio, las posibilidades de que el Consulado entienda que su matrimonio es falso, son mínimas, prácticamente inexistentes. Ahora bien, si ya usted tuvo su entrevista, y ya el Consulado tiene su conclusión, la ley le permite pedir una revisión. En el estado actual de las cosas, en realidad no hay una autoridad específica a quien pedirlo, ya que el representante de servicios no tiene ni siquiera la información para pedir esa revisión. Lo que yo le recomendaría es que fuera preparando un caso bien fuerte, todas las evidencias del caso, y que le dé seguimiento a la devolución del mismo a USCIS, tal como lo marca la hoja consular que le dieron - el algunos casos, puede ser que hayan marcado proceso administrativo, pero con seguridad, con tantas diferencias en preguntas más alguna llamada interesada, puede esperar ese resultado.

USCIS tiene que primero recibir su caso para poder decidir sobre él. Ahora bien, ponerle un caso eso de matrimonio falso es un poco complicado, ya que tiene que haber pruebas de sobra... porque de lo contrario, USCIS re-afirmará el caso, contradiciendo la recomendación del Consulado, en cuyo caso usted tendrá una nueva cita, probablemente un nuevo proceso administrativo donde es posible que el Consulado ordene una nueva investigación para saber si existe algún elemento nuevo que le permita a ellos recomendar DE NUEVO que se niegue el caso. Lo ideal es estar bien preparado desde que inicia la petición, para que no hayan sorpresas.

¿Por qué es importante tener los documentos de su expediente a mano?

En ocasiones, antes de aplicar para cualquier tipo de beneficio o de waiver, las personas comentan que han tenido algún inconveniente en los Estados Unidos. Esto es así, tanto si han sido condenadas o no. Especialmente cuando una persona es el beneficiario de una petición, es importante ANTES de hacer el I-130, tener la copia completa del expediente de USCIS, CBP o ICE en sus manos. Muchas veces, el Cónsul sabe que hay un problema, pero no sabe exactamente de qué se trata. Tener estos documentos a mano le facilita la labor al Cónsul actuante. Dependiendo de la complejidad de su caso, es recomendable también buscar su expediente en el FBI y en la Interpol. Aunque no en todos los casos es necesarios, para su mejor identificación, someter un fingerprint card es aconsejable. Esto es así porque si usted declaró un nombre que no era el suyo, las diferentes agencias del gobierno pueden tener dificultad encontrando su caso; con las huellas sin embargo, no existe posibilidad de confusión.

Envíe sus preguntas a: oficinakarinaperez@hotmail.com
Para citas llame al 566-9615 y 809 383 0152.
Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina Núñez de Cáceres, Apt 3C2.