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Notas vitales en el cálculo del estatuto del menor

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Notas vitales en el cálculo del estatuto del menor

El Manual de Asuntos Extranjeros tiene una disposición interesantísima: El período en el cual una petición está pendiente se extiende al tiempo que le tome a USCIS revisar un caso que haya sido devuelto por un Oficial Consular para posible revocación. Esto cambia completamente la dinámica del cálculo, que siempre ha tenido sus controversias ya que de manera conveniente, el Departamento de Estado ha evitado establecer una formular efectiva y precisa para hacer constar el “sought to acquire” (Haber buscado adquirir o más claramente, haber hecho esfuerzos para solicitar la residencia). Curiosamente, el Departamento de Estado tiene años sin establecer una forma expedita, fácil de usar y de probar, para poder cumplir con este requisito, asunto que ha sido reconocido por el mismo Centro Nacional de Visas en entrevistas con autoridades calificadas. Por otro lado, las regulaciones permiten varias maneras de probar que se quiso aplicar, desde haber efectuado los pagos hasta la búsqueda del abogado equivocado bajo ciertas circunstancias. Eso quiere decir que hay muchos casos que han sido negados que pueden ser aprobados; pero ¿porqué? Porque muchas veces, el cálculo para calificar para el Estatuto no es favorable porque la resta entre la edad según el estatuto y el tiempo pendiente de la petición no es igual o menor de 21 años, pero agregando todo el tiempo que dura un caso en revisión cuando un oficial consular devuelve un caso, es difícil que el cálculo no sea favorable.

Dos boletines de visa para casos familiares

Aunque los sistemas han variado con el tiempo, en la actualidad tenemos dos boletines para las preferencias o categorías familiares. Uno de los boletines indica exactamente a partir de qué fecha se pueden expedir las visas y el otro indica cuándo un beneficiario tiene que empezar a recolectar sus documentos. Esto es así para que se puedan enviar los casos lo más rápido posible para su procesamiento antes de la fecha de prioridad. Para cuando llegue la fecha de prioridad, ya usted tiene que tener o cita programada o cerca de programarse. Por supuesto, esto depende de las personas, muchas veces ni siquiera se enteran cuando pueden empezar a procesar y para decir verdad, el Centro Nacional de Visas es lentísimo para poner los casos en su sistema y para cobrarlo. Para eso, debe revisar todos los meses el boletín de visas en travel.state.gov.

TEMAS -

Karina Pérez Rojas Especialista en temas de migración hacia Estados Unidos.