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Envio de recibos atrasados Permisos de residencia vencidos

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas

llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina

Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

Hace aproximadamente tres meses, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos viene atrasándose en el envío de los recibos por las peticiones y las aplicaciones que son sometidas a diario. Al 29 de Enero de este año, uno de los Centros que recibe las aplicaciones está atrasado por más de 415,000 aplicaciones y/o peticiones, otro Centro tiene aproximadamente 100,000 aplicaciones pendientes. Estos dos centros son los que tienen un número determinado de aplicaciones ya contabilizados; Sin embargo hay otros centros que no tienen ni siquiera una proyección de la cantidad de atrasos. Muchas veces, estos recibos de las aplicaciones son los que definen la elegibilidad o no de una persona, también son los que le otorgan el derecho o no de trabajar en Estados Unidos. La situación es bastante grave y esperamos que esta nueva administración tome en sus manos este tipo de cosas. Si usted tiene una aplicación pendiente por más de noventa (90) días y no tiene todavía su recibo a mano, existen varias formas de poder solicitar ayuda La primera forma es llamar a USCIS al 1-800-375-5283.

Siempre que usted no dure un año calendario fuera de los Estados Unidos, usted puede tener ciertas opciones para volver a entrar. Una de ellas es el permiso de reentrada; sin embargo, si usted se ha pasado mucho tiempo fuera de los Estados Unidos desde que se hizo residente, este puede no servirle, ya que con toda seguridad son negado. También puede intentar una carta de ruta, la cual es muy conveniente siempre que se pague antes del año calendario de usted haber salido de los Estados Unidos. Siendo así usted puede entrar a los Estados Unidos teniendo más de un año de haber salido; hay otros casos, por ejemplo las personas que tienen permiso de reentrada pero que tienen su tarjeta de residencia vencida. En este último caso, siempre podrán entrar a los Estados Unidos con el permiso de reentrada vigente solamente, aunque la tarjeta de residencia este vencida o no exista.

TEMAS -

Karina Pérez Rojas Especialista en temas de migración hacia Estados Unidos.