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Retorno de petición a USCIS

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Retorno de petición a USCIS

Hay casos específicos según el Manual de Asuntos Extranjeros en los cuales se debe suspender el procesamiento de una petición. Son básicamente tres: cuando el peticionario solicita que se suspenda, cuando un Cónsul entiende o tenga razón para creer que la aprobación de dicha petición se obtuvo por fraude, y cuando el cónsul tenga razón para creer que aunque no haya fraude, hay un claro error por cambio de circunstancias y en consecuencia, el beneficiario de la petición no puede procesar.

En cuanto al reason to believe o razón para creer, el cónsul debe basarse en la creencia de ese fraude, pero no debe tratarse de una simple conjetura sino que debe existir un mínimo de evidencia que sostenga esa creencia.

En el caso de matrimonios fraudulentos, el Consulado debe tener al menos uno de los siguientes tres requisitos para poder devolver un caso ya aprobado a USCIS:

1. Un documento por escrito firmado por una de las partes o por ambas partes estableciendo que el matrimonio se efectuó principalmente por razones de obtener un beneficio de la Ley de Inmigración de EE.UU.

2. Evidencia de que el matrimonio se efectuó por razones de dinero, es decir, transacciones económicas hechas como intercambio para la petición.

3. Evidencia de hechos que podrían convencer a una persona razonable de que el matrimonio se efectuó con el propósito de evadir las leyes de inmigración a los EE.UU.

Como se puede ver, la devolución de un caso de esta naturaleza tiene un alto nivel de prueba, no puede ser por simple voluntariedad. Lo más frecuente es que, cuando las personas se equivocan en las respuestas, en el memorándum que debe prepararse para la devolución del caso, se establecen cuales fueron esas preguntas y respuestas equivocadas de ambas partes. Por esto es que normalmente, USCIS re-afirma los casos, aunque sea dos y tres años después. En este período de tiempo, las personas se desmoralizan y se dejan; también puede suceder que la relación se deteriore. Este es el verQdadero problema de equivocarse en hacer la petición; en no contemplar por ejemplo la existencia de un hijo fuera del matrimonio en la petición. Esto tiene entonces consecuencias gravísimas en la vida de una persona.

Cuando un caso viene reafirmado, el cónsul está prácticamente obligado a “dar” la petición, pero existen algunos casos en los que puede estar en desacuerdo y volver a devolverlo: cuando descubre evidencia nueva, sustancial, de que el caso no debe ser procesado. El cónsul puede entonces pedirle a USCIS una investigación. En la práctica, esto sucede pocas veces, e incluso, las regulaciones así lo piden – que estos casos devueltos por segunda vez deben ser excepcionales – pero debe existir una verdadera conciencia por parte del peticionario y del beneficiario de las consecuencias de simplemente llenar un formulario y pagar un money order – esta es básicamente la fórmula para perder mucho esfuerzo, tiempo y dinero que quizás nunca puedan ser recuperados en su totalidad. l

TEMAS -

Karina Pérez Rojas Especialista en temas de migración hacia Estados Unidos.