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Problemas de servicios al cliente de USCIS Cuidado con los ajustes de estatus

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Problemas de servicios   al cliente de USCIS
Cuidado con los ajustes de estatus

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas

llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina

Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

En los últimos años, comunicarse con el Servicio de Ciudadanía e Inmigracion de los Estados Unidos (USCIS) se ha convertido en una misión casi imposible. USCIS ha estado eliminando todas las posibilidades de asistir a una cita presencial para tratar de resolver casos; En la actualidad, USCIS solo da citas para asuntos muy puntuales tales como la renovación de residencias para lo cual ya no se otorga un sello en el pasaporte, sino que hay un aviso de acción I-797 que se envía como prueba de que se extendió el estatus del I-90 o residencia vencida o por vencer. Los aplicantes tienen muchas dificultades para agendar una cita porque primero hay que llamar a USCIS, plantear el problema y entonces ellos deciden cuando otorgar una cita o no –para no mencionar los multiples inconvenientes tecnológicos-. Si a esto le agregamos las tremendas demoras en el procesamiento que tiene la agencia y las políticas que ha llevado últimamente y que recién ahora se están tratando de arreglar, vemos que poco falta para ver una situación exacerbante. Esperamos que USCIS responda las múltiples llamadas de diferentes organizaciones dentro de los Estados Unidos para que se disponga a otorgar las citas de USCIS dentro de los Estados Unidos.

Como sabemos, la pasada Administración del Presidente Donald Trump le dio la potestad a un Oficial de USCIS de poder negar una residencia si sospechaba que una persona había entrado a los Estados Unidos con visa de paseo y luego sometía una petición por matrimonio aún después de los 90 días. Todavía después de los 90 días se puede considerar que la persona mintió en sus intenciones porque lo que verdaderamente quería era quedarse en los Estados Unidos cuando entró y aplicó para que le concedieran estadía a través de un Puerto de Entrada. Por eso es importante que la persona vea cuáles son sus opciones, si realmente conviene un proceso Consular o un Ajuste de Estatus. Todo va a depender de los intereses que tenga cada persona de cada proyección al futuro. A diferencia de lo que muchas personas piensan, si tienen visa, ésta no tienen porque serle cancelada si entra a los Estados Unidos teniendo su petición (I-130) pendiente en USCIS. Esto así siempre y cuando esta persona no viole las normas, las políticas de lo que significa entrar con una visa. Al no cancelársele la visa de paseo, el aplicante puede seguir viajando a los Estados Unidos por tiempos prudentes en lo que espera que haya una cita consular.

TEMAS -

Karina Pérez Rojas Especialista en temas de migración hacia Estados Unidos.