Extensión del ESTA/Exención de visas por el COVID-19 Residente pidiendo a cónyuge e hijos menores

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Si usted entró a los Estados Unidos por el JFK o por el aeropuerto de Newark, puede pedirle a Aduanas y Protección Fronteriza que extienda hasta por 30 días su estadía en ese país, siempre que haya entrado con el programa ESTA/Visa Waiver. Esta ampliación de estadía puede solicitarse si su estadía esta por vencer en los próximos 14 días o menos. Este programa busca expandirse a todos los aeropuertos de los Estados Unidos, pero en estos momentos, sólo está vigente en dos aeropuertos: JFK en Nueva York y el Aeropuerto de Newark y sólo si usted entró con el programa de exención de visas.
Child Satus Protection Act – Estatuto de Protección al Menor
Este Estatuto de Protección del Menor establece cuales son las condiciones para que una persona mayor de edad siga siendo considerado un menor. Todo depende de la categoría de que se trate, si se es familiar inmediato o no. En la categoría de familiar inmediato, la regla a aplicar es simple Petición hecha antes de la mayoría de edad permanece como menor aunque cumpla la mayoría de edad. Sin embargo, cuando se trata de categorías, las variables son diferentes. Se tiene que calcular la fecha que tienen los derivados en el momento en que la visa esté vigente. A continuación, se reduce de los días en que estuvo pendiente la petición. Existe la figura del CSPA age, o edad del Estatuto de Protección al Menor, la cual reviste una importancia fundamental para este cálculo, ya que no es lo mismo esa edad que la edad biológica de la persona que busca el beneficio de la ley. Al día de hoy, no hay un sistema explicito establecido para resolver estos problemas, lo que influye enormemente en la perdida innecesaria de aplicantes calificados.
Residente pidiendo a Cónyuge e Hijos Menores
En la actualidad, la espera es solo administrativa; es decir, lo que dure el procesamiento de USCIS – Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EUA – lo que no debe pasar de 9 o 10 meses. En la práctica, es lo mismo que pasa cuando un ciudadano de los Estados Unidos pide a un cónyuge o hijo menor, o a un padre o madre o padrastro o madrastra en ciertas circunstancias, que sólo tiene que esperar el tiempo de procesamiento. Este tiempo es de aproximadamente un año; sin embargo, en las presentes circunstancias, este tiempo puede variar. Como USCIS no está recibiendo público en sus oficinas, el trabajo administrativo se está haciendo en tiempo record: ¡Un waiver o permiso especial puede ser fallado en 5 meses! Lo importante es no dejar pasar el tiempo, ya que las peticiones pueden seguir haciéndose, USCIS las está recibiendo, y así usted puede tener su fecha de prioridad y estar el lista para los procesamientos.
Karina Pérez Rojas