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Proyecto de Ley del trabajo a distancia o Teletrabajo, ¿sabes qué es?

La intención fue depositada ante el Senado de la República para conocerse

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Proyecto de Ley del trabajo a distancia o Teletrabajo, ¿sabes qué es?
Luego de la llegada del COVID-19, el teletrabajao le permitió a las empresas y empleados seguir trabajando desde la comodidad de sus hogares y sin arriesgar al personal a infectarse del nuevo coronavirus. (SHUTTERSTOCK)

Luego de la llegada del COVID-19 al país, muchas empresas tuvieron que implementar nuevas técnicas de trabajo que les permitiera a sus empresas y empleados seguir trabajando desde la comodidad de sus hogares y sin arriesgar al personal a infectarse del nuevo coronavirus.

En la segunda sesión del Senado de la República, el senador por la provincia del Seibo y vicepresidente del bufete directivo del Senado, Santiago José Zorrilla, para la agenda del día solicitó a la comisión coordinadora que dirige, centrarse en la iniciativa del proyecto de Ley sobre el trabajo a distancia o teletrabajo.

Esta moción que fue presentada como iniciativa ante la Cámara Baja por el exsenador de Elías Piña, Adriano Sánchez Roa, el exsenador por la provincia Hermanas Mirabal Luís René Canán Rojas, el exsenador por San José de Ocoa, Pedro Alegría Soto y el actual senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb.

Esta iniciativa de proyecto de ley comprende los derechos que tiene el Estado dominicano de regular todo lo relativo al trabajo a distancia, siempre y cuando estos estén cumpliendo lo que establece la Constitución de la República sobre la protección del trabajador.

En el primer considerando de este proyecto, se establece que el teletrabajo es una modalidad de realización y organización del trabajo donde se utilice la tecnología como fuente de información y comunicación entre el empleador y el empleado.

Como objetivo principal, este proyecto se encargaría de regular todos lo relativo al desenvolvimiento de los empleados con el trabajo a distancia, o teletrabajo la cual se aplicaría en todo el país.

Para esto se le tendría que realizar una regulación a los contratos de los empleados, para que se regule el rendimiento del trabajador, aunque este no se encuentre en la planta física de la empresa, por lo cual se mantendría en conexión con su empleador a través de medios tecnológicos alternos que le permita a la empresa poseer una supervisión de su desempeño.

El proyecto de Ley contiene nueve artículos en los que desglosa la parte que le toca tanto al empleador, como al empleado en caso de que esta se apruebe ante todos los organismos reguladores de las leyes en el país.

En el artículo cinco, el proyecto contiene una serie de estipulaciones de indicaciones con respecto a las obligaciones de los empleadores.

Estos deben designar las asignaciones que el empleado debe realizar, proveerlos de herramientas y equipos tecnológicos y orientarlos sobre los resultados del trabajo.

En caso de que el teletrabajo no este estipulado en el contrato del empleado, en cualquier momento este puede ser reversible y volver a ocupar su puesto en la empresa según el acuerdo al que lleguen las dos partes, según el artículo seis, párrafo uno y dos.

Tanto el empleador y trabajador serán responsables de tomar las medidas de seguridad para garantizar que los datos privados dela empresa y del empleado estén resguardados bajo seguridad.

El proyecto estipula que el empleador no podrá acceder al correo electrónico personal, u otros medios informáticos que sean del empleado, sin que este haya dado su consentimiento.

La encuesta “Teletrabajo en República Dominicana: Impacto del COVID-19 y proyección”, realizada el pasado julio por el Comité TIC de la Cámara Americana de Comercio de la República Dominicana (Amchamdr).

Este estudio reveló que, en los primeros meses del año, un 64 % de las empresas consultadas trabajaba de forma presencial con la totalidad de sus colaboradores, pero las mismas proyectan que la cifra se reducirá hasta el 20 %, una vez culminen las medidas de distanciamiento por la enfermedad.

De igual forma se reportó que, a mediados de marzo de este año, sólo un 7 % de las pequeñas y medianas empresas (pymes) trabajaba a distancia con más de la mitad de su fuerza laboral, pero durante la crisis del COVID-19, esta cifra subió al 33 %.

La encuesta mostró, al cuestionar a los encuestados sobre el nivel de satisfacción general de sus empleados con la implementación de la modalidad de trabajo virtual, un 85 % afirmó que se encontraban entre satisfechos a muy satisfechos.

Países que han aprobado la modalidad de teletrabajo

El Parlamento de Argentina aprobó el 30 de julio una ley que regula el teletrabajo, una forma que se hizo común en las empresas a partir de la pandemia del COVID-19, la cual no fue bien recibida por algunas cámaras empresariales por considerar que desalienta el empleo.

El proyecto de ley, que ya había sido aprobado por la Cámara de Diputados, recibió hoy el visto bueno del Senado por 40 votos a favor y 30 en contra.

La iniciativa, impulsada por el oficialismo y rechazada por Juntos por el Cambio, el mayor bloque opositor, establece un marco normativo general que luego debe ser adaptado a cada sector laboral.

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Licenciada en Comunicación Social, egresada de la UASD y periodista en Diario Libre.