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TC declara inconstitucional resoluciones de cabildos cobraban arbitrios a vehículos pesados

La alta corte dijo que las resoluciones de siete municipios y distritos municipales constituyen una doble tributación

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TC declara inconstitucional resoluciones de cabildos cobraban arbitrios a vehículos pesados
Camión transita por la avenida George Washington. (ARCHIVO)

El Tribunal Constitucional (TC) declaró este marte inconstitucional siete resoluciones de municipios y distritos municipales sobre el cobro de arbitrios por concepto de rodaje a vehículos pesados.

En la sentencia TC-0121-20, la alta corte argumento que las resoluciones vulneran los artículos 200 de la Constitución y 274 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, puesto que las constituyen una doble tributación.

El artículo 200 de la Constitución establece que los ayuntamientos podrán establecer arbitrios en el ámbito de su demarcación que de manera expresa establezca la ley, siempre que los mismos no colindan con los impuestos nacionales, con el comercio intermunicipal o de exportación ni con la Constitución o las leyes.

El 274 de la Ley 176-07 dice que los arbitrios que establezcan los ayuntamientos no deben colindar con los impuestos nacionales, con el comercio intermunicipal o de exportación, ni con la Constitución o las leyes de la República.

La acción directa de inconstitucionalidad fue impuesta por la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), Bepensa Dominicana, Cervecería Nacional Dominicana, Cemex Dominicana y Brugal & Compañía.

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Las resoluciones atacadas fueron las siguientes: 02-2007, del 11 de enero de 2007, dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento de San Cristóbal; la 004/2011, dictada por la Sala Capitular de la Junta Municipal La Guáyiga, provincia Santo Domingo, el 29 de abril de 2011, la resolución 005, dada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del distrito municipal El Cedro, provincia El Seibo, el 16 de agosto de 2012.

De igual forma, por la número 03-2012, dada por el Concejo Municipal del Ayuntamiento del distrito municipal de las Lagunas de Nisibon, provincia La Altagracia, el 14 de noviembre de 2012; la 024-2007, dictada por la Junta Municipal de Cumayasa del municipio de Villa Hermosa, provincia La Romana; la ordenanza núm. 01-2012-2013, dictada por el Concejo Municipal del municipio Consuelo, provincia San Pedro de Macorís el 25 de abril de 2013, y la ordenanza 07-2011, dictada por el Concejo Municipal del municipio Bajos de Haina, provincia San Cristóbal, e 17 de septiembre de 2011.

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Graduada de Comunicación Social mención Periodismo en la UASD. Tiene experiencia trabajando en periódicos impresos y digitales, también en la producción de programas radiales.