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Consulado Dominicano en NY asistirá sobre nuevas medidas de carga pública en EEUU

Explicó que la medida no es retroactiva, por lo que los inmigrantes con residencia permanente o ciudadanos estadounidenses no se verán afectados

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Consulado Dominicano en NY asistirá sobre nuevas medidas de carga pública en EEUU
Carlos Castillo, cónsul general. (FUENTE EXTERNA)

El Consulado General de la República Dominicana en Nueva York ofrecerá asesoría a los dominicanos sobre las prevenciones que deben tener ante la aplicación de la “Regla de inadmisibilidad por causal de carga pública”, que vincula el uso de asistencia pública con los méritos para que un inmigrante pueda recibir la residencia o una visa en Estados Unidos.

Carlos Castillo, cónsul general, instruyó a los departamentos de Visa y Protección y de Legal para que brinden la asistencia necesaria que requieran sus connacionales, para lo cual pueden llamar al teléfono 212-768-2480 o acudir a la sede consular localizada en el 1501 de la avenida Broadway, en Manhattan.

La vicecónsul María Mateo, del Departamento de Visa y Protección y encargada de Asuntos Jurídicos, fue instruida para que oriente y asista junto a otros funcionarios, a los dominicanos interesados.

Mateo dijo que, aunque la nueva política puede utilizarse para negar permisos de residencia a los inmigrantes que hagan uso de programas de asistencia pública tales como Medicaid, cupones para alimentos y vales para vivienda, entre otros factores, no es retroactiva, por lo que los inmigrantes con residencia permanente o ciudadanos estadounidenses no se verán afectados.

“Se trata de las personas que están pidiendo admisión a los EEUU para una visa o una residencia permanente, y también son inadmisibles por motivos económicos los inmigrantes que hayan recibido beneficios públicos del Estado, como por el Seguro Social y asistencia temporal, cupones de comida y Medicaid, si lo han recibido en 12 meses de un periodo de 36 meses”, precisó.

La vicecónsul dijo que los inmigrantes en vía de hacer residencia permanente en los Estados Unidos tienen un plazo de dos meses para que renuncien a sus beneficios antes de que se puedan convertir en inadmisibles. El único estado donde no se aplica la “Regla de inadmisibilidad por causal de carga pública” es Illinois porque hay un caso que está peleándose en la corte y la Suprema determinó que no se aplica allí hasta que las cortes decidan.

Se considerará no solo si han recibido beneficios sino, si en un futuro están en riesgo de recibir beneficios por su salud, número de integrantes en su familia, edad, educación, empleo y recursos financieros, ya que esos son los criterios que se utilizarán para las autoridades determinar si una persona se puede convertir en una carga pública.

La regla tampoco afecta a los inmigrantes por sus hijos recibir beneficios ni a las mujeres embarazadas por recibir Medicaid de emergencia.

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