Denuncian ante la SCJ y el CPJ la anulación de un divorcio irrevocable
Dice que Vélez García no sólo se declaró soltera, sino que se unió con otra pareja

SANTO DOMINGO. La anulación del pronunciamiento de un divorcio, que tenía cinco años con la autoridad de la cosa debidamente juzgada, por parte de la Segunda Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fue denunciada por ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y del Consejo del Poder Judicial.
En una carta enviada al presidente de la SCJ, Mariano Germán Mejía, el abogado Jaime Fernández Lazala expone que la decisión crea "un precedente funesto en el sistema judicial, en materia de divorcio, que provocará grandes inconvenientes en las parejas divorciadas".
Argumenta que el 11 de julio de 2008, el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, dando cumplimiento a una resolución de la Junta Central Electoral, pronunció el divorcio entre los ex esposos Diego Francisco Hurtado Brugal y Lucía Janet Vélez García, el cual fue admitido por sentencia No. 3321-07, del 29 de agosto de 2007, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia para asuntos de familia. Asimismo, que el divorcio fue inscrito en el libro No. 11 folios del 95 al 97, bajo el acta No.1028 del 11 de julio del 2008.
"La Segunda Sala de la Corte de Apelación Civil del Distrito Nacional, en un hecho sin precedente en los anales jurídicos en materia de divorcio, mediante la sentencia dictada, de fecha viernes veintisiete (27) del mes de septiembre del año dos mil trece (2013), marcada con el No. 786-2013, ordena el pronunciamiento de otro nuevo divorcio por incompatibilidad de caracteres, comprometiendo así la responsabilidad civil del Oficial del Estado Civil, Sr. José Agustín Reyes Durán, quien actuó en esa ocasión autorizado debidamente por la honorable Junta Central Electoral". Fernández Lazala dice que el tribunal argumenta que el divorcio se realizó fuera del plazo establecido en el artículo 17 de la ley 1306-Bis sobre divorcio.
También que se formalizó un día antes para el que se citó a Vélez García, lo que violenta también las disposiciones de la ley.
Los puntos
La carta dice que la Corte no se refirió a la aquiescencia otorgada a la sentencia de divorcio que los ex esposos acogieron, y que implica, en principio, la sumisión a todos los puntos decididos por la misma, y la renuncia a ejercer las vías de recurso, y que excepcionalmente, la aceptación en el divorcio recayó sobre todos los puntos decididos por la sentencia.
Diario Libre
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