×
Compartir
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
Redes Sociales
Actualidad

DGII llama a registrar ventas de vehículos

Podrá hacerlo con un impuesto de RD$300 y un formulario de declaración jurada de venta

Expandir imagen
DGII llama a registrar ventas de vehículos
La ley obliga se haga el traspaso de ventas de vehículos. Archivo
SD. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) llamó a los contribuyentes que hayan vendido vehículos de motor de su propiedad, pero cuyos compradores no hayan hecho el traspaso, a aprovechar la facilidades que otorga la Ley No. 492-08 para descargarse de responsabilidades y consecuencias que sobre ellos establece el Código Civil al seguir legalmente como dueños.

Para garantizar la efectividad de la medida, la DGII no aceptará la renovación de la placa, ni la inscripción de ninguna oposición de garantía, sobre el referido vehículo, hasta tanto el adquiriente haya hecho el traspaso y el pago del impuesto correspondiente.

La ley promulgada el pasado 9 de febrero, establece de manera transitoria un plazo de seis (6) meses, es decir, hasta el nueve (9) de agosto próximo, para que toda persona que haya vendido uno o varios vehículos de motor con anterioridad a la salida de la presente legislación y los registros de propiedad aún figuren a su nombre, pueda registrar la transacción con o sin copia del acto de venta, llenando un formulario de declaración jurada de la venta realizada y pagando un impuesto de RD$300.

Estos vehículos quedarán con una oposición administrativa hasta tanto el nuevo propietario realice el pago del impuesto de transferencia correspondiente. Quien registre la venta de su vehículo recibirá una certificación sobre dicho registro.

El formulario para el registro puede obtenerse en las Administraciones Locales y Colecturías de la DGII, así como en la página web en la Sección de "Formularios".

A partir del 9 de agosto, los ciudadanos podrán continuar registrando sus ventas, para lo cual sólo deberán presentar una copia original del acto de transferencia legalizada por un notario público; una copia de la matrícula; copias de las cédulas de identidad y electoral del vendedor y del comprador y pagar un impuesto de RD$300.

La nueva ley establece que la DGII hará constar en el expediente al vehículo que fue vendido según el registro y datos del comprador para que están en cualquier certificación.