Educación refuerza seguridad en excursiones: prohibido vaper, drogas, armas y bebidas alcohólicas
La medida también reitera prohibición de viajes a playas y traza normas para excursiones

El Ministerio de Educación emitió la Orden Departamental 63/2025, que refuerza las medidas de seguridad para actividades escolares fuera del plantel, con especial atención al uso de vaper, sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, cigarrillos y armas durante excursiones.
La medida, que también ratificó la anterior Orden Departamental 9/2009, consistente en la prohibición de paseos, excursiones o pasadías a playas, ríos, lagos o balnearios de todo tipo, surgió luego del caso de Stephora Anne-Mircie Joseph, de 11 años de edad, fallecida en la hacienda Los Caballos, en Gurabo, durante una excursión escolar, y de que varios estudiantes resultaran afectados tras consumir una sustancia desconocida en un liceo nocturno de Hato Mayor.
Según el artículo cuarto de la Orden Departamental 63/2025, "se prohíbe el uso de vaper, sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, cigarrillos y armas en las excursiones, así como visitas a clubes para adultos o nocturnos, entre otros lugares que presenten peligro o riesgo para los estudiantes o que atenten contra su integridad física, moral y psicológica".
La medida obliga al centro educativo a garantizar, por lo menos, un botiquín de primeros auxilios por cada autobús que se desplace y a constatar que el transporte cumpla con criterios de seguridad (neumáticos, frenos, entre otros detalles) para el traslado de los estudiantes.
El Ministerio Público señala negligencia extrema en excursión escolar en que falleció Stephora
Negligencia
La ordenanza surge luego de que el Ministerio Público asegurara que ha podido evidenciar en video que hubo negligencia extrema por parte de las cuidadoras que tenían la obligación de velar por Stephora Anne-Mircie Joseph.
"El MP tiene evidencias de que movilizaron a 87 niños con solo 3 cuidadoras, sin tener en cuenta las medidas de seguridad y la profundidad de las piscinas del lugar, sin haber llevado salvavidas ni preguntado a los padres o tutores si los niños sabían nadar o no, además de que tampoco requirieron chalecos salvavidas", indica una nota de prensa.
Salidas tendrán que ser aprobadas
La orden detalla que las salidas deberán ser solicitadas por el director del centro al Distrito Educativo con al menos 25 días de anticipación, anexando: propósito de la salida, guías pedagógicas (por grado y área curricular), cantidad de estudiantes participantes por nivel educativo y/o grado.
También responsables de la excursión, fecha, lugares, horario, costo por estudiante si los hubiere, medio de transporte a utilizar, comunicación a los padres sobre la actividad y constancia de la actividad registrada en el plan.
También deberá incluirse la carta de aprobación firmada por los directivos de la Asociación de Padres, Madres y Amigos de la Escuela (APMAE) y la lista de docentes y personal administrativo que asistirá.
"Se requerirá la presencia mínima de un adulto por cada 15 estudiantes, pero en el caso de niños menores de 9 años será un adulto por cada 8 estudiantes. Además, debe contarse con la participación de un mínimo de dos (2) integrantes de la APMAE como veedores y cuidadores de la actividad", destaca.
El Distrito Educativo debe responder la solicitud del centro educativo a más tardar cinco días laborables a partir de la fecha de recepción, por escrito, con firma y sello, sea de aprobación o no. Además, debe enviar copia a la Regional de dicha comunicación.
"De ser aprobada la excursión, el centro debe tener una carpeta con las autorizaciones (consentimiento informado) de cada padre, madre o tutor, para fines de presentación a las autoridades cuando lo requieran", reseña
"Cada docente debe contar con el permiso explícito del padre, madre o tutor del estudiante que vaya a participar en la excursión. Si la excursión no fuera aprobada por el Distrito, el centro debe abstenerse de realizar la actividad", indica.


Melbin Gómez