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El Gobierno crea Fonvivienda para ejecutar políticas de vivienda con valor de RD$2.2 millones

Se promoverá las alianzas público-privadas para su construcción

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El Gobierno crea Fonvivienda para ejecutar políticas de vivienda con valor de RD$2.2 millones
Presidencia de la República. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO )

El Poder Ejecutivo dispuso la creación del Fondo Nacional de la Vivienda (Fonvivienda), con el propósito de crear políticas y canalizar los recursos para el levantamiento de viviendas de interés social, las cuales el Gobierno las estableció con un costo de RD$2,250,000.00.

El presidente Luis Abinader creó el organismo mediante el decreto 191-21, emitido el 22 de marzo del 2021, que indica que Fonvivienda será dirigido por un Consejo Directivo, que coordinará el Ministerio de la Presidencia.

El decreto indica que Fonvivienda ejecutará acciones con los ministerios de la Presidencia, Hacienda, Economía, Medio Ambiente, Obras Públicas, Industria y Comercio, el Instituto Nacional de la Vivienda (Invi), la Dirección de Bienes Nacionales, la Corporación de Aguas Potables y Alcantarillados, las EDE, las alcaldías y el Gabinete de Políticas Sociales.

De esas instituciones, los ministros de la Presidencia, Economía, Hacienda y la directora de Supérate (antiguo Prosoli) formarán el Consejo Directivo de Fonvivienda. Además, habrá un director que fungirá como secretario del Consejo, tendrá voz, pero no voto.

Entre las atribuciones están establecer las alianzas público-privadas para la construcción de viviendas, ejecutar medidas para la capacitación y administración de los fondos disponibles, la aprobación de los subsidios de las viviendas, concertar esfuerzos interinstitucionales para facilitar la ejecución de las políticas, planes y programas de la entidad, aprobar los subsidios de tasas de interés a ser aplicados en los programas desarrollados, conocer de los informes trimestrales de ejecución del fondo, presentadas por la fiduciaria.

También, la captación, manejo y administración de los fondos en función de las necesidades habituales de la población vulnerable, canalizar los recursos con acuerdos estratégicos y coordinar las actividades con las instituciones del sector de la vivienda para la consolidación de un sistema nacional de información al respecto; entre otras medidas.

El artículo 10 señala que las fuentes del financiamiento serán a través de contribuciones autorizadas por leyes, subsidios, emisión de valores de deuda pública emitida por el Estado, donaciones y financiación de gobiernos extranjeros u organismos multilaterales.

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De Arroyo Cano, San Juan. Periodista en Diario Libre. Apasionado con la programación web, el marketing digital y el SEO.