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El rol de mediador entre la ciudadanía y las instituciones del Defensor del Pueblo

El nuevo titular del Defensor del Pueblo habló a principio de año sobre la importancia de la mediación

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El rol de mediador entre la ciudadanía y las instituciones del Defensor del Pueblo
El nuevo defensor del Pueblo, Pablo Ulloa (Fuente externa)

El papel del Defensor del Pueblo como mediador entre la ciudadanía y funcionarios o prestadores de servicios públicos y privados ha sido muy resaltado por juristas y sectores de la sociedad, sobre todo durante el proceso de selección del nuevo incumbente, en el Congreso Nacional.

Ese proceso concluyó este jueves con el anuncio de que Pablo Ulloa sería el encargado de dirigir esa institución.

A principios de este año, durante el proceso de elección en la Cámara de Diputados, el nuevo titular hizo énfasis en la importancia de la mediación para un defensor del pueblo y su objetivo de salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos en caso de que sean violados.

Al ser preguntado por uno de los miembros de la comisión evaluadora sobre cómo haría valer de forma efectiva su opinión, luego de que un funcionario o entidad la desconociera, Ulloa indicó que el elemento de la neutralidad es trascendente.

“Si yo fijo posición, genero conflicto y, al hacerlo, nadie va a querer resolver un error. Primero es un proceso de diálogo correcto, sobre la base del acto administrativo, presentando resoluciones”, indicó.

Añadió que en caso de que no haya la reacción deseada, “entonces va el tema del recordatorio, después la advertencia y luego el recordatorio por ley para entonces entrar al litigio”.

“Es un proceso que tiene que ejercer la Secretaría del Defensor del Pueblo que permitirá un proceso de negociación y resultados que buscan los ciudadanos cuando llegan a una institución como esta”, sostuvo.

Sin embargo, para el jurista Yovanny Díaz la función de proteger los derechos ciudadanos no se cumple cuando se deja a cargo de las mismas entidades del sistema el resguardo de los usuarios. A juicio del abogado, estas instituciones deberían estar bajo el Defensor del Pueblo.

La Ley 19-01 otorga a la Defensoría del Pueblo y sus adjuntos poder inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informaciones necesarias para materializar su labor.

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Egresada de la UASD de la carrera de Comunicación Social, mención Periodismo. Ha participado como colaboradora en programas radiales y como periodista en El Nuevo Diario y  Diario Libre.