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Juez afirma no hay pruebas contra adolescente acusado de homicidio en discoteca Boca Chica

Magistrado dice que el Ministerio Público no aportó los elementos de pruebas

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Juez afirma no hay pruebas contra adolescente acusado de homicidio en discoteca Boca Chica
Caso fue conocido en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes.

SANTO DOMINGO. El juez de la Sala Penal del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de Santo Domingo, Carlos Suero Peralta, consideró que el Ministerio Público no presentó evidencias que vinculen a un adolescente de 15 años en la muerte de un hombre durante un incidente ocurrido en una discoteca ubicada en Andrés, Boca Chica.

Al menor le fue impuesta la medida de coerción consistente en la presentación periódica por ante la Fiscalía Especializada de Niños, Niñas y Adolescentes los días 15 y 30 de cada mes.

El fiscal Emilio Filpo Tejeda le imputa su participación en la muerte de Junior Alberto Morales García, quien recibió tres disparos durante un incidente en el que supuestamente participaron otras cinco personas. El hecho ocurrió en la discoteca de nombre el “Fogón Sport Bar”, ubicada en la Calle Duarte.

El juez consideró que el órgano acusador no provee los medios necesarios que hagan presumir que el adolescente imputado pueda ser autor o cómplice de los hechos que se le endilgan.

Plantea que el acta de levantamiento del cadáver no vincula al adolescente a los hechos imputados, debido que, en la misma no se hace un señalamiento que permita inferir que ha participado en el hecho, sus nombres no figuran en el relato de la versión de los hechos contenidos en la misma.

El acta de registro de personas del 18 de mayo del 2015 establece que al adolescente no se le ocupó nada comprometedor, actuación procesal que no lo vincula con los hechos imputados, “toda vez que, más que un elemento a cargo le desvincula de los hechos que se le endilgan”.

Sostiene que, además, no se ha aportado en la solicitud de la medida cautelar del Ministerio Público el testimonio del oficial actuante que realiza el registro, “situación que nos llamó la atención, pues es la primera persona que tiene un contacto referencial con el hecho”.

Indica que el acta de conducencia no vincula al adolescente con los hechos imputados.

Asegura que la certificación de entrega voluntaria de armas de fuego, detalla que la tía del adolescente imputado entregó a la policía el artefacto sobre el cual no establece el Ministerio Público su vinculación con el hecho acontecido.

“En cuanto a esta prueba, el tribunal ha advertido que, la misma no ha sido ocupada a la persona adolescente imputada”.

Entiende que esto se corrobora con el instrumento de recolección de evidencia marcado en el inciso 2, Acta de Registro de Persona, según la cual no le fue ocupado al imputado ningún elemento comprometedor.

El juez dice que el hecho de que sea entregada un arma, no implica que se trate de la homicida, “máxime cuando no se aporta ninguna prueba en ese sentido”.

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