Jurista Cristóbal Rodríguez: “El estado de excepción le otorga derechos fuera del derecho al presidente”
Sostuvo que el poder legislativo puede negar o variar las medidas del estado de excepción

El abogado constitucionalista Cristóbal Rodríguez dijo que el estado de excepción por emergencia de calamidad pública, aprobado por el Senado tras la solicitud del presidente Danilo Medina de declarar el país en estado de emergencia por el coronavirus, le otorga al mandatario el poder de tomar medidas fuera del derecho para que dicho derecho permanezca.
Explicó que en consecuencia Medina puede prohibir ciertas libertades y garantías fundamentales durante el estado de emergencia.
Rodríguez explicó que el presidente de la República no puede declarar automáticamente un estado de excepción (declaración de un gobierno en situaciones especiales), sino que debe hacerlo mediante el Congreso y este poder puede negarse a otorgarlo.
Añadió que durante el periodo de emergencia se pueden suprimir algunos derechos y libertades y que al finalizar dicho estado estos derechos puedan tener continuidad.
Indicó que durante un estado de excepción los funcionarios electivos mantienen todas sus funciones.
Por tal razón, el congreso no pierde atribuciones, sino que “debe haber un flujo de información permanente ente entre el legislativo y el ejecutivo”, precisó.
El jurista aclaró para evitar la propagación del coronavirus hay que tomar medidas que incluyen el estado de emergencia, el cual debe tener una permanencia determinada que indique cuánto tiempo va a durar el restablecimiento del orden público.
Este jueves entran en vigencia las medidas adoptadas por el Gobierno ante coronavirus
Estas son las empresas y negocios que pueden operar durante estado de excepción por COVID-19
Además, las cámaras legislativas pueden variar las propuestas que indique el presidente en la solicitud de estado de excepción.
Dijo que por tal razón se otorgaron 25 días de emergencia y no 10 como había solicitado el mandatario Danilo Medina en primera instancia.
El Senado de la República aprobó este miércoles la declaración de Estado de Emergencia Nacional ante el avance COVID-19 en el país, luego de que dicha medida fuera solicitada por el presidente Danilo Medina en su discurso del pasado martes.
Esta solicitud fue realizada en base a la Constitución de la República y la Ley 21-18 , las cuales establecen que “el Estado de Emergencia podrá declararse cuando ocurran hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan calamidad pública”, según explicó Rodríguez.
El abogado constitucionalista habló en la mañana de este jueves durante una entrevista en el programa El Día, que se trasmite por Telesistema canal 11, bajo la conducción de los comunicadores Huchi Lora y Amelia Deschamps.

Alexa Olivero
Alexa Olivero