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Condenan a cinco de 11 acusados de torturar a David de los Santos

Tribunal halló culpables a dos de los cuatro policías del destacamento de Naco, donde la víctima recibió la paliza

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Condenan a cinco de 11 acusados  de torturar a David de los Santos
El capitán Domingo Alberto Rodríguez, descargado del caso. (DIARIO LIBRE/NEAL CRUZ)

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó ayer a dos policías a 15 años de cárcel y a tres civiles a 30 años por la paliza de la que fue objeto el joven David de los Santos en el destacamento de Naco el 27 de abril de mayo del pasado año, paliza que le produjo la muerte cuatro días después en el hospital Darío Contreras.

Los agentes condenados son el segundo teniente Germán García de la Cruz y el cabo Alfonso Decena Hernández, contra quienes quedó "establecida" su responsabilidad penal. Ambos miembros de la Policía Nacional fueron los que hicieron el turno, de 10:00 de la noche del día 27 de abril hasta las 5:00 de la mañana del día 28, tiempo en el que se produjo la tortura y barbarie contra la víctima.

Las juezas del tribunal descargaron al capitán Domingo Alberto Rodríguez y al raso Sari Manuel González, por no existir "ningún elemento" que permitiera a las magistradas "establecer que estos dos imputados se encontraban en el destacamento" en las horas en las que ocurrió la golpiza a De los Santos. 

Solamente fueron sentenciados por tortura y barbarie los civiles Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña, quienes estaban en la celda cuando llevaron a la víctima esposada con las manos hacia atrás y que, según las pruebas aportadas, golpearon salvajemente al joven de 24 años por los ruidos que este hacía como consecuencia del "evidente estado de deficiencia psíquica" que tenía.

Por los gritos

"No toleraban sus gritos ni su bulla y por eso reaccionaron golpeándolo a pesar de su estado de vulnerabilidad", expuso la jueza Giselle Méndez.

Junto a sus colegas, Tania Yunes y Jissel Naranjo, Méndez impuso la pena de 15 años de prisión a García de la Cruz y a Decena Hernández basándose en el artículo 186 del Código Penal que sanciona a todo funcionario, incluyendo los policías "que, en el ejercicio de sus funciones o en razón de ese ejercicio, y sin motivo legítimo, usaren o permitieren que se usen violencias contra las personas" y cuyo castigo, de acuerdo a lo que estatuye esa norma deberá ser de "la naturaleza y gravedad de esas violencias, aumentándose la pena conforme a las reglas establecidas en el artículo 198".

Al explicar la decisión, Giselle Méndez dijo que esa es la pena máxima que el legislador ha contemplado para ese tipo penal de un funcionario y para los policías.

Sin embargo, manifestó que entienden "que pudiera incluso considerarse mucho más reprochable (la conducta de los dos policías condenados) que la conducta en la que incurrieron los detenidos en la celda porque tenían el control de evitar este resultado, tenían la capacidad y la potestad de, haciendo de sus facultades y cumpliendo con el deber que la Constitución, las leyes y los reglamentos le imponen de proteger y salvaguardar la integridad física de David de los Santos e hicieron todo lo contrario".

El Primer Tribunal Colegiado absolvió de responsabilidad a los agentes de seguridad de Ágora Mall, Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, por entender que "estaban avalados por ley para proceder a la detención de la víctima David de los Santos Correa" tras ser informado de la amenaza que éste le hizo a la señora Altagracia Mejía Santos, empleada de la tienda Senses Sunglasses And Accesories.

Podían escuchar ruidos 

La distancia que hay entre la celda y el lugar donde debían encontrarse los agentes condenados que estaban de turno es de solo 6.9 metros, dijo la presidenta del tribunal al leer el dispositivo de la sentencia.

"Lo que quiere decir que estaban en condiciones de escuchar todo lo que dentro de esa celda estaba aconteciendo" y no hicieron nada. La víctima fue detenida en el mall después de protagonizar un incidente con Mejía Santos, empleada de la mencionada tienda, a la que le habló de manera "agresiva" y fue detenido por la seguridad.

"No me siento conforme" con la sentencia

Damiana Correa, madre de David de los Santos, dijo que esperaba 30 años para todos los acusados de torturar a su hijo en una celda del destacamento de Naco, y no solo para tres de los imputados.

"No estoy de acuerdo. Eso no era lo que esperaba", dijo Correa.

No obstante, reiteró que es cristiana y confía en que Dios hará justicia por su hijo que falleció cuatro días después de la golpiza que recibió en el cuartel por tres presos, luego de ser introducido al lugar esposado con las manos hacia atrás, en total indefensión.

Máximo Peña, abogado de la familia de David de los Santos, sostuvo que los dos miembros de la Policía descargados, aunque no estaban en el destacamento ya cuando el joven fue torturado, propiciaron también el crimen al recibir sano al joven y colocarle las esposas con la mano hacia atrás. "Las esposas hacia atrás facilitaron todos los golpes que le dieron a David y también su muerte por la falta de este poder defenderse y moverse", dijo Peña.

TEMAS -

Periodista egresada de la Universidad Dominicana O&M, profesión que ejerce desde el 2004 en diferentes medios, especialmente impresos.