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Wander Franco
Wander Franco

Delitos que imputan a Wander Franco y madre de menor contemplan penas de cinco a 30 años de prisión

Wander Franco podría ser condenado a cinco años

La acusación más grave es la de comercialización sexual infantil que conlleva una pena de 20 a 30 años y solo recae en la madre de la menor

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Delitos que imputan a Wander Franco y madre de menor contemplan penas de cinco a 30 años de prisión
Wander Franco a su llegada a la audiencia de medida de coerción. (ANEUDY TAVARES)

El pelotero de Grandes Ligas, Wander Franco, y la madre de la menor abusada, quienes cumplen medidas de coerción fuera de prisión, están acusados por delitos que conllevan penas máximas de cinco a 30 años de cárcel, según la gravedad del delito. 

Tras la desestimación de algunos cargos que el hizo el juez Romaldi Marcelino Henríquez, del Juzgado de Atención Permanente de Puerto Plata, el torpedero podría ser enjuiciado por una pena menor que la madre de la adolescente, a quien recayeron las acusaciones más graves, que incluso conllevaría una condena de hasta 30 años de cárcel. 

Franco, pasa a tener la acusación de abuso sexual, un delito que es castigado con pena de dos a cinco años de reclusión y multa de 20 salarios mínimos. Además, sustracción y seducción de menores, penado con una reclusión no mayor de seis años, de acuerdo artículo 403 del Código del Menor o Ley 136-03.

Acusación más grave

La acusación más grave es la de comercialización infantil tipificado en el Código de Menor en su artículo 25 y solo se mantiene en la madre de la menor. La ley sanciona ofrecer, entregar o aceptar por cualquier medio un niño o adolescente con el objetivo de explotación sexual a la pena de 20 a 30 años de prisión y multa de 100 a 150 salarios mínimos.

Seguido, la explotación sexual de un menor recibe penas de tres a 10 años de reclusión y multa de 10 a 30 salario mínimo.

Lavado de activos

El lavado de activos es otra acusación grave que en este caso solo recae en la progenitora de la adolescente.

En la legislación dominicana se considera lavado de activos el proceso mediante el cual personas físicas o jurídicas y organizaciones criminales, persiguen dar apariencia legítima a bienes o activos ilícitos provenientes de los delitos precedentes señalados de manera específica en la Ley 155-17.

El Ministerio Público entiende que la señora cometió este delito al recibir y movilizar cuantiosas sumas de dinero que adquirió de la explotación sexual de su hija. El lavado de activos se sanciona con penas de 10 a 20 años de prisión, multas de 200 a 400 salarios mínimos y el decomiso de los bienes obtenidos del ilícito. 

Caso de Wander Franco

Franco está acusado de sostener relaciones sexuales con una menor cuando tenía 14 años. De acuerdo al relato del Ministerio Público la madre de la adolescente favoreció explotación sexual para sacar provecho económico.

El pasado viernes el Juzgado de Atención Permanente de Puerto Plata acogió la solicitud de medidas de coerción del organismo de persecución, imponiendo el pago de dos millones de pesos en efectivo y presentación periódica al pelotero Wander Franco y el arresto domiciliario e impedimento de salida del país a la madre de la menor.

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Periodista y locutora. Ejerce el periodismo desde 2017. Con experiencia en medios televisivos, impresos y digitales.