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Tribunal conoce amparo de juez de paz excluido por el CNM en evaluación para la Suprema

Según sus abogados, el criterio utilizado de que el magistrado no posee el rango de juez de Corte de Apelación no está contemplado en la Constitución

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Tribunal conoce amparo de juez de paz excluido por el CNM en evaluación para la Suprema
Al juez que interpuso un recurso de amparo por ser excluido en proceso de evaluación para formar parte de la Suprema Corte de Justicia, el Consejo Nacional de la Magistratura le rechazó uno de reconsideración en noviembre del pasado año 2025. (PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA)

La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) conoce un recurso de amparo incoado por un juez de paz contra el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por haberlo excluirlo el año pasado de la evaluación en la convocatoria para aspirantes a jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ)

El amparo, interpuesto por el magistrado Miguel Encarnación de la Cruz, tendrá su cuarta audiencia el próximo martes 7 de abril, según informó uno de sus abogados. La acción busca evitar que se sigan vulnerando sus derechos fundamentales y que se le impida postularse nuevamente a la alta corte.

Los juzgados de paz constituyen los tribunales de menor jerarquía dentro del Poder Judicial.

El recurso fue presentado luego de que el CNM rechazara, en noviembre pasado, una solicitud de reconsideración sometida por Encarnación de la Cruz.

De acuerdo con sus abogados, uno de los argumentos utilizados por el Consejo de la Magistratura para excluirlo del proceso fue que no ocupa el rango de juez de Corte de Apelación. Sin embargo, sostienen que dicho criterio no está contemplado en la Constitución vigente.

  • "El juez Encarnación cumple de manera integral y taxativa con todos los requisitos establecidos en el artículo 153 de la Constitución", afirmaron los abogados Manuel María Mercedes, José Fernando Pérez Vólquez, Freddy Mateo Calderón, Valentín Medrano Peña, Cándido Simón, José Antonio Valdez, Juan (John) Garrido, Juan R. González y Alexis José Vargas.

En ese sentido, solicitan al TSA ordenar al Consejo Nacional de la Magistratura la inclusión del magistrado en el listado oficial de aspirantes a ser evaluados, utilizando como único criterio el cumplimiento estricto de lo dispuesto en el artículo 153 de la Constitución de la República Dominicana.

Asimismo, piden que se elimine de forma definitiva el requisito de pertenecer al escalafón de las Cortes de Apelación, al considerarlo una violación a derechos fundamentales y al principio de progresividad.

Reglamento y violación a Constitución

El abogado Alexis Vargas señaló que el conflicto se origina en el reglamento 1-25, el cual, a su juicio, contradice la Constitución al modificar una ley orgánica mediante un acta elaborada por una comisión técnica presidida por la secretaria del CNM, quien —afirma— no tiene esa facultad.

Vargas indicó que, hasta que no se decida el recurso de amparo y la eventual inconstitucionalidad de las actuaciones del CNM, persiste la vulneración de los derechos de su cliente y de otros jueces con amplia trayectoria, a quienes se les ha impedido postularse a la alta corte.

Recordó que los únicos requisitos constitucionales para aspirar a la Suprema Corte son: tener al menos 35 años de edad, acumular 12 años de ejercicio profesional y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

Finalmente, los abogados aclararon que el recurso no persigue el nombramiento del magistrado, sino garantizar su derecho a ser evaluado conforme a la Constitución.

Expresaron su esperanza de que el TSA restablezca el orden constitucional y disponga que el Consejo Nacional de la Magistratura cese cualquier actuación que vulnere los derechos fundamentales de los jueces del Poder Judicial.

TEMAS -
  • Jueces
  • SCJ
  • CNM

Periodista egresada de la Universidad Dominicana O&M, profesión que ejerce desde el 2004 en diferentes medios, especialmente impresos.