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Condenan a un hombre y una mujer por estafar a más de 200 personas con promesas de inversión

Los condenados captaron 124.5 millones de pesos a través de la sociedad Pipschasers Capital, S.R.L.

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Condenan a un hombre y una mujer por estafar a más de 200 personas con promesas de inversión
Imagen de archivo del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a un hombre y una mujer por estafar a más de 200 personas con promesas de inversión. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO)

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a cinco y tres años de prisión a un hombre y a una mujer hallados culpables de estafar con más de 124 millones de pesos a más de 200 personas con falsas promesas de inversión en el mercado de valores.

Gabriel Emilio Cáceres Araujo fue condenado a cinco años de prisión a ser cumplida en Najayo, y Kristie Marie Cabral Romero a tres años con suspensión de la pena, bajo reglas.

Ambos  procesados por la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros, de la Dirección General de Persecución, deberán pagar una multa equivalente a 100 salarios mínimos a favor del Estado dominicano.

Según la acusación presentada por el Ministerio Público, los condenados operaban a través de la sociedad Pipschasers Capital, S.R.L., por medio de la cual captaron 124.5 millones de pesos provenientes de las más de 200 víctimas identificadas durante la investigación.

En el proceso, el órgano acusador estuvo representado por la procuradora general de corte Lewina Tavárez Gil, titular de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros; el procurador fiscal Rafael Reyes Cabreja, y la fiscalizadora Margaret Cabrera Morillo, fiscalizadora.

La decisión fue dictada por las juezas del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, integrado por Arlin Ventura Jiménez (presidenta), Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, quienes fijaron la lectura íntegra de la sentencia para el próximo 30 de junio de 2026, a las 9:00 de la mañana.

MP había solicitado 10 y 15 años de cárcel

Los procesados fueron condenados por violación a los artículos 265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, relativos a la asociación de malhechores y estafa, así como al artículo 351, numeral 4, de la Ley núm. 249-17, sobre Mercado de Valores.

El Ministerio Público también acusó a los encartados de incurrir en lavado de activos.

Tras presentar sus conclusiones en el juicio, el órgano acusador solicitó 15 años de prisión para Cáceres Araujo y 10 años para Cabral Romero. Para ambos solicitó el pago de una multa de 400 salarios a favor del Estado dominicano y su inhabilitación en mercados financieros y áreas afines.

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