Juez otorga cuatro meses al Ministerio Público para presentar acusación formal en caso Senasa
Rechazan suspender la prisión preventiva de los imputados

El Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional concedió al Ministerio Público una prórroga de cuatro meses para continuar la investigación y presentar la acusación formal contra el entramado de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa).
El juez Deiby Timoteo Peguero estableció la nueva extensión hasta el 11 de diciembre al considerar que el pedimento fue presentado dentro del tiempo establecido por la normativa procesal, debido a que fue recibida a las 10:42 de la mañana del 11 de agosto, antes de que expirara el plazo a la medianoche de ese día.
Para sustentar su decisión, el magistrado explicó que el proceso fue judicializado el 11 de diciembre de 2025, cuando se impuso prisión preventiva a los imputados y se declaró la complejidad del caso. Esta última condición supone la duplicación de los plazos ordinarios del procedimiento preparatorio.
No obstante, recordó que el artículo 152 del Código Procesal Penal permite al Ministerio Público solicitar, por una única ocasión, una extensión del tiempo de investigación, siempre que se cumplan las condiciones formales y materiales previstas en la legislación.
La solicitud, además, fue acogida en la existencia de diligencias que aún no han concluido, entre ellas el interrogatorio de testigos y la recepción de informes de organismos auxiliares de investigación.
Entre las instituciones mencionadas figuran la Superintendencia de Bancos, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Contraloría General de la República, la Cámara de Cuentas y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).
Mantiene la prisión preventiva
Además de evaluar la extensión solicitada por el Ministerio Público, fue rechazado la variación de prisión preventiva que pesa sobre los imputados Rafael Luis Martínez Hazim y Ramón Alan Spiker y Francisco Minaya.
El magistrado ponderó la legislación procesal vigente durante el período en que ocurrieron los hechos investigados y y, en ese contexto, se refirió al antiguo artículo 228 de la Ley 10-15, que establecía la suspensión de la prisión preventiva cuando se concedía una prórroga, salvo que existieran razones que justificaran mantener la medida.
Aunque esa disposición no figura en los mismos términos en la legislación actual, Peguero consideró que debía ser tomada en cuenta por tratarse de una norma que podría resultar favorable al imputado.
Sin embargo, concluyó que se mantiene la necesidad de que continúe la prisión preventiva, al señalar que persisten diligencias de investigación pendientes.
Entre estas mencionó el interrogatorio de testigos y la espera de informes de distintos organismos auxiliares de investigación.
El juez señaló que han transcurrido ocho meses desde la imposición de la medida y sostuvo que, frente al límite de 18 meses previsto actualmente para la prisión preventiva, todavía se encuentra dentro de un plazo razonable.
El 25 de septiembre de 2026, a las 9:00 de la mañana, fue fijada la lectura íntegra de la decisión.
Con la prórroga otorgada, el Ministerio Público tendrá hasta el 11 de diciembre para concluir el procedimiento preparatorio.


Ana Aybar