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Caso Odebrecht
Caso Odebrecht

A fines de enero de 2019 se iniciará lectura acusación del caso Odebrecht

El juez fijó un calendario en que el Ministerio Público y las partes tendrán cinco días para exponer

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A fines de enero de 2019 se iniciará lectura acusación del caso Odebrecht
Francisco Ortega Polanco ratificó que todos los imputados se quedan en la Suprema Corte (ARCHIVO)

A partir del 23 de enero del próximo año, la Procuraduría General de la República dará lectura a la acusación formulada contra los siete imputados por los sobornos pagados por la Constructora Norberto Odebrecht para ser beneficiaria de obras del Estado.

De acuerdo con el calendario establecido por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, los fiscales tendrán cinco días para decir de qué y por qué acusan al empresario Ángel Rondón Rijo, así como al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, los expresidentes del Senado Andrés Bautista García y Jesús –Chú- Vásquez Martínez, el abogado Conrado Pittaluga Arzeno, el senador Tommy Galán Grullón y el exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA), Juan Roberto Rodríguez.

Ese mismo tiempo tendrá cada imputado para refutar las imputaciones de soborno, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, asociación de malhechores, falsedad en declaración jurada formulada por la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).

Ortega Polanco confirmó ayer su decisión de mantener en la jurisdicción privilegiada a todos los imputados del caso Odebrecht, así como fallar, luego de que se debata la acusación, los otros incidentes y excepciones de nulidad planteados por los abogados.

Negó que su sentencia carezca de motivación, afirmó que la obligación de los jueces de motivar sus decisiones no significa que puedan incurrir en verbalismos excesivos, sino en el acto intelectual de subsumir los hechos en el derecho con claridad y con precisión.

En cuanto al alegato de la defensa de Andrés Bautista de que él se basó en referentes jurisprudenciales forasteros al campo penal para sustentar la permanencia de su cliente en la jurisdicción privilegiada, el magistrado aclaró que el carácter suplementario del derecho general no constituye novedad alguna en el razonamiento de los jueces, “lo que se evidencia no sólo en la Ley, sino en la práctica jurisdiccional común”, explicó.

Ratificó el criterio de mantener la acción penal sin que se realice un juicio político al senador Tommy Galán, toda vez que existe una separación entre la jurisdicción política y la ordinaria.

El magistrado Francisco Ortega dijo que mantener en la jurisdicción privilegiada a los demás imputados se basa en la jurisprudencia nacional y que además los abogados no aportaron evidencias de casos en que se hayan realizado juicios separados de funcionarios con privilegio de jurisdicción y coimputados por el mismo ilícito.

Explicó que para poder determinar la conexidad de los delitos imputados al senador Galán y los de los coimputados Andrés Bautista, Víctor Díaz, Ángel Rondón, Roberto Rodríguez, Conrado Pittaluga y Chú Vásquez, debería tener mayor conocimiento y discusión de los argumentos del Ministerio Público. Sin embargo, esto le está vetado en la fase en que se encuentra la audiencia preliminar.

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