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Caso Odebrecht
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A jueza Miriam Germán “le atormenta aspecto probatorio” del caso Odebrecht

Cuestionó que las pruebas sean delaciones en Brasil sin afirmaciones precisas

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A jueza Miriam Germán “le atormenta aspecto probatorio” del caso Odebrecht
La magistrada Miriam Germán incita a la calma al imputado Ángel Rondón durante la audiencia. (DIARIO LIBRE/DANELIS SENA)

SANTO DOMINGO. La presidenta de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia Miriam Germán Brito expresó anoche que “a cualquier persona mínimamente preocupada por la suerte” del proceso que se lleva sobre el caso Odebrecht, “le atormenta el aspecto probatorio”.

“Por ejemplo, sucede que la mayor parte de las pruebas que dice tener el Ministerio Público son fruto de delaciones premiadas que se han vertido en Brasil, pero una por una no contienen afirmaciones tajantes y precisas sobre actividades de los imputados. Abunda el ‘yo creo’, ‘me parece’, y en algunos aspectos, una tajante negativa”, indicó la jueza al expresar las motivaciones para su voto disidente ante la decisión tomada anoche por la Segunda Sala Penal de ratificar la prisión preventiva por un año en contra de Ángel Rondón y de nueve meses para Víctor Díaz Rúa.

La decisión, adoptada tras tres días de largas exposiciones de la defensa y del Ministerio Público, también varía las medidas cautelares a siete de los implicados en el expediente de sobornos de la constructora brasileña Odebrecht.

“En el estado actual de este proceso y con lo aportado para la medida de coerción, se aprecia una dificultad probatoria que, de no ser subsanada por el Ministerio Público en el curso de la investigación, y esperamos que así sea, no augura un futuro esperanzador por el momento, por lo menos del juicio al fondo, donde la prueba debe ser hecha, que no deje lugar a duda razonable”, afirmó.

“Se señala la actuación de un supuesto intermediario en este caso, persona esta que está procesada, pero aparte de la justificación que da este procesado respecto al concepto de los valores recibidos, no apreciamos que existen transferencias de dicho señor hacia otros procesados”, dijo Germán.

Aclaró que ese argumento no significa que ponga en duda la inocencia del procesado porque no hay una sentencia condenatoria.

En el expediente instrumentado en el caso Odebrecht, se acusa al empresario Ángel Rondón de ser el intermediario entre Odebrecht y políticos dominicanos para el pago de sobornos a fin de que la empresa consiguiera contratos con el Estado, entre 2001-2014.

La magistrada también indicó que el Ministerio Público incluyó en la solicitud de medida de coerción a personas que salieron de la función pública hace trece años y otros que no lo estaban al momento de los hechos, y a quienes se les atribuye participación cuando no eran funcionarios.

Indicó que no deja de reconocer la gravedad del hecho. “Yo sé que este voto puede echarme un montón de descalificaciones, rumores, insultos, twitter alevosos, por iniciativa propia o por encargo, pero, mal juez sería yo si dejara de actuar conforme a la Constitución y las leyes, y lo que es más grave, conforme a mi conciencia frente a una sentencia que considero vulnera derechos fundamentales”, expresó.

“En mi ejercicio tengo como prenda más preciosa un pequeño espacio, soy mi propia dueña y no se lo cedo a nadie. Alguien dijo, uno de mis dioses particulares, que el corazón humano es un campo de batalla donde se enfrenta la libertad y el miedo. Creo que para el juez la frontera más lejana debe ser la del miedo, en mi favor y frente a los previsibles detractores, puedo decir que en esa larga carrera, este proceder lo he tenido, no solo frente a personas de la condición social de los imputados presentes, sino, también con aquellos que vienen de la marginalidad y de la extrema pobreza, también de aquellos perseguidos por sus ideas políticas”, manifestó.

Germán indicó que “en diferentes escenarios, conferencias, votos disidentes” ha insistido en que la teoría del Ministerio Público no es una prueba, “es su concepción de los hechos frente a los cuales debe aportar la correspondiente prueba, y no solo aportar la prueba de manera pura y simple, sino hacerlo bajo condiciones que permitan que las mismas sean controvertidas por la defensa tal como lo establece el principio de laboralidad del proceso”.

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