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Caso Odebrecht
Caso Odebrecht

Abogados recusan por séptima vez al juez Ortega del caso Odebrecht

La recusación tuvo lugar por un incidente sobre espionaje al móvil del hijo de Conrado Pittaluga

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Abogados recusan por séptima vez al juez Ortega del caso Odebrecht
Conrado Pittaluga recusó al juez por considerarlo parcial. (BAYOAN FREITES)

La Procuraduría General de la República volvió a “vender gato por liebre” a un juez, pero esta vez en el caso Odebrecht, situación que llevó a los abogados de Conrado Pittaluga Arzeno a recusar, nuevamente, al juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco.

El Ministerio Público (MP) solicitó dos autorizaciones para intervenir el teléfono de Pittaluga Arzeno, sin embargo, uno de los números que suministró al juez de la instrucción, corresponde a su hijo y abogado, Conrad Pittaluga Vicioso, según certificó la compañía telefónica Claro Dominicana.

La barra de defensa dijo que el MP pudo haberlos “espiado” y tener acceso a su estrategia de defensa, ya que Pittaluga Vicioso creó grupo de Whatsapp desde donde todos los abogados comparten información y es quien coordina la barra. Pidió a Ortega Polanco emitir un auto para que Claro le entregue la certificación sobre la solicitud que le remitió la Procuraduría debido a que la compañía solo les dará respuesta si es autorizado por un tribunal.

El magistrado, rechazó el pedimento estableciendo que esa no es la etapa procesal para hacerlo toda vez que ya se ha debatido la acusación y los debates, por lo que se hará constar en acta el requerimiento de los abogados.

“Resulta improcedente que el tribunal disponga medidas de instrucción e investigación, correspondiente a una etapa procesal ya precluida” dijo el juez al destacar que el imputado tiene las vías correspondientes para hacer valer su derecho.

El MP señaló al tribunal que la interceptación a Pittaluga Vicioso fue en calidad de hijo de un imputado por lavado de activos, mientras éste lo visitaba a la cárcel donde guardaba prisión preventiva.

En las solicitudes que dieron lugar a los autos 06-2017 del 8 de agosto de 2017 y 04-2018 del 23 de abril de 2018, se le dijo al juez que el número era de Pittaluga Arzeno, no de su hijo.

“Tenemos una presunción, gravemente, seria y concordante de argumentar que el Ministerio Público lo hizo estratégicamente en esa fecha por el hecho que venía. Precisamente dice, eso pertenece a la fase preparatoria y mira en qué fase estamos; lo que sucede es que en esta fase es que nos hemos enterado de esa situación, y precisamente él ha ocultado toda la producción”, respondió el abogado Manuel Rodríguez cuando el Ministerio Público dijera que esa no era la etapa para solicitar autorización y que por tal motivo el juez debe hacer constar en acta el pedimento.

¿Se inhibirá Ortega?

“Ante el hecho de que con la presente demanda suman siete las recusaciones formuladas contra nosotros como juez de este proceso, el tribunal expresará su decisión con respecto a si acepta o no esta nueva recusación por la vía que corresponda”, dijo el juez en tono enérgico luego de que le dijeran que él no está siendo garante del derecho del imputado.

El magistrado fue recusado después de rechazar la solicitud de los abogados de Pittaluga, quienes motivaron su recurso afirmando que él se apartó de la independencia judicial ya que, según dijo el abogado Rodríguez, ellos como defensa no podían saber de la existencia de las resoluciones porque nunca les fue notificado ni entregado por la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia pese a que el juez les había ordenado entregarle “ todas” las resoluciones emitidas a solicitud del Ministerio Público.

“Este tribunal ha renunciado a su función de juez de las garantías, ante un simple pedimento que ha procurado producir prueba, y el fundamento que ha utilizado el juez, constituye una falacia en cuanto a que es un argumento que parece bueno, pero no lo es porque no es cierto que prescriba una acción de carácter fundamental de orden público cuando, incluso, las partes no tenían conocimiento del mismo”, refirió Rodríguez.

“Entendemos que el juez al rechazarlo, también niega su función de permitir el descubrimiento de la verdad como una de las funciones principales que tiene: tratándose del juez de la garantía”, enfatizó.

"“Si esa conducta del Ministerio Público no tienen la sanción, ni las consecuencias que jurídicamente tienen que tener, las garantías y las normas se van a convertir en un espanta pájaro que los pájaros terminan jugando con ella” "Santiago Rodríguez
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