Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Caso Odebrecht
Caso Odebrecht

Chú Vásquez fracasó en el intento de interrogar al procurador

El juez Francisco Ortega dijo que solo de manera excepcional se reproduce prueba en la preliminar

Expandir imagen
Chú Vásquez fracasó en el intento de interrogar al procurador
La audiencia preliminar se reanuda hoy a las 9:00 am. (PEDRO BAZIL)

Al iniciar ayer la presentación de su escrito de defensa a las imputaciones que le hace la Procuraduría General de la República, Jesús -Chú- Vásquez Martínez, intentó obtener autorización para interrogar en la audiencia preliminar del caso Odebrecht al procurador general, Jean Alain Rodríguez, y el director de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Magín Díaz.

El juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, rechazó citar para someter al rigor del interrogatorio a los funcionarios públicos por considerar que la reproducción de pruebas en la audiencia preliminar es una excepción.

Afirmó que la prueba testimonial, a diferencia de la pericial o documental, es proclive a convertir la audiencia preliminar en un juicio de fondo y desbordar sus límites, el tribunal ha fijado criterio por el cual se suscribe a que “además de la esencialidad exigida por todo el quantum probatorio que las partes pueden producir en la audiencia preliminar, la audición de la prueba en la audiencia preliminar está sujeta a un test de excepcionalidad”.

Al interponer recurso de oposición a la resolución de magistrado Ortega Polanco, el abogado Jorge Luis Polanco afirmó que la decisión adolece de establecer una distinción que conforme a la ley no se genera porque la naturaleza de unas pruebas para culpabilidad no es el mismo alcance de la prueba para determinar la sustanciación de una acusación.

“No existe ninguna disposición legal, que le permita al juez controlar la libertad probatoria de un imputado, ni de prejuzgar, antes de recibirla. Discriminar una sobre otra, antes de recibirla”, argumentó.

El Ministerio Público reiteró en varias ocasiones que no procede realizar interrogatorios en esta etapa del proceso y que esa estrategia de defensa de Vásquez Martínez reafirma que la acusación tiene fundamento y por tanto debe debatirse en un juicio de fondo.

“Al ellos no atacar la suficiencia de la acusación, ellos mismos están diciendo que es suficiente porque ellos mismos argumentan”, señaló el fiscal Ángel Darío Tejada.

TEMAS -