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Consejo Superior del Ministerio Público revisó ascensos de procuradores pero no los aprobó

La institución también aclaró que la ley le otorga la facultad de realizar ascensos

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Consejo Superior del Ministerio Público revisó ascensos de procuradores pero no los aprobó
Consejo Superior del Ministerio Público durante una reunión. (ARCHIVO / DIARIO LIBRE)

El Consejo Superior del Ministerio Público (CSMP) desmintió este sábado que haya aprobado nuevos ascensos a miembros del Ministerio Público, y aclaró que en la última reunión solo se revisó un listado de fiscales que solicitó ser promovido, pero que no fue aprobado.

En un comunicado ese órgano de dirección del Ministerio Público explicó se reúne mensualmente para revisar y ponderar, entre otras cosas, las solicitudes de ascensos remitidas por los propios fiscales, como parte de las funciones propias de ese órgano y que en la última reunión se revisó un listado de fiscales que habían solicitado sus ascensos, en virtud de que ya habían cumplido en sus cargos con el tiempo que indica la ley, pero que decidió no aprobarlos en dicha reunión y posponerlos para evaluación posterior.

Al ofrecer los detalles, el Consejo indicó que si bien es cierto que esas solicitudes son legítimas y procedentes en virtud de lo que establece la ley, y que es un derecho que les asiste a todos los miembros de carrera del Ministerio Público, ese órgano tomó la decisión de ponderar dichos ascensos para una futura reunión del Consejo.

En tal sentido, recordó que el Ministerio Público al igual que el Poder Judicial son órganos constitucionales que no dependen del Poder Ejecutivo, y que, en el caso del Ministerio Público, tampoco depende del procurador general.

La comunicación establece que diariamente los consejeros reciben solicitudes de ascensos de fiscales que han cumplido el tiempo que manda la ley y que es parte de las funciones que realizan, someter esas solicitudes a la ponderación y revisión del Consejo y, si proceden a la luz de lo que manda la ley, aprobarlas.

Recordó que cada uno de los miembros que forman parte de ese Órgano de Dirección del Ministerio Público, representan a sus pares, por lo que es también parte de su obligación, frente a sus representados, defender sus derechos ante el CSMP como lo es el derecho a ser ascendido, cuando la ley así lo dispone, y los ascensos son una facultad legítima de todo miembro del Ministerio Público establecido en el Reglamento de Carrera.

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