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Constitucional rechaza recurso de Comisión de Importación en caso Ladom

Ladom exige el cumplimiento de los volúmenes para importación de leche en polvo

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Constitucional rechaza recurso de Comisión de Importación en caso Ladom
Leche en polvo

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional rechazó un nuevo recurso interpuesto contra una sentencia del Tribunal Superior Administrativo que acogió un recurso de amparo de Lácteos Dominicanos contra varias instituciones del Estado por la importación de leche en polvo desde Estados Unidos.

Los jueces rechazaron el recurso de revisión constitucional interpuesta por la Comisión para las Importaciones Agropecuarias, integrada por el Ministerio de Agricultura de la República Dominicana, Ministerio Administrativo de la Presidencia, Ministerio de Industria y Comercio, Dirección General de Aduanas contra la sentencia del Administrativo.

La Segunda Sala del Superior Administrativo, acogió de manera parcial el amparo y ordenó a la comisión asignarle a Ladom, los volúmenes de los contingentes arancelarios para la importación de leche en polvo procedente desde los Estados Unidos y la consecuente determinación de las asignaciones que le corresponden en arreglo a las disposiciones del Decreto 705-10.

El año pasado, el Constitucional rechazó un recurso de revisión constitucional incoado por el Ministerio de Agricultura y la Dirección General de Aduanas contra una sentencia que favorece a la empresa Lácteos Dominicanos (Ladom) y que ordena a las autoridades restablecer la cuota de importación de leche en polvo a esta compañía.

Ladom informó en ese momento que las acciones legales buscan que el Ministro de Agricultura, la Comisión para las Importaciones Agropecuarias y la Dirección General de Aduanas restablezcan las cuotas de importaciones del producto que corresponden a la empresa, por un volumen anual de 1,980 toneladas métricas, atendiendo a la normativa vigente.

La entidad había interpuesto una querella contra el Ministro de la Presidencia, José Ramón Peralta, en la Procuraduría General de la República. La referida querella fue archivada por la Procuraduría y ratificada por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Juan Hiroito Reyes.

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