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Corte separa apelación del caso de sicariato seguido a exregidor de Pedro Brand y Arsenio Quevedo

La decisión fue a solicitud del Ministerio Público por múltiples aplazamientos

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Corte separa apelación del caso de sicariato seguido a exregidor de Pedro Brand y Arsenio Quevedo
Arsenio Quevedo fue acusado de dirigir una red de sicariato. (ARCHIVO/DIARIO LIBRE)

Debido a los constantes aplazamientos que se han producido en el caso y a petición del Ministerio Público, la Primera Sala Penal Corte de Apelación del Distrito Nacional separó al exregidor por Pedro Brand, Ericson de los Santo Solís, del expediente en donde se conocerá la apelación interpuesta por la Fiscalía contra el descargo del que fue beneficiario junto al empresario de transporte, Arsenio Quevedo.

Al iniciarse este lunes la audiencia contra el fallo emitido por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que descargó a Quevedo, de los Santos Solís y Cristino Batista, quienes eran acusados de dirigir una red de sicariato en perjuicio de choferes del transporte público, y condenó a Amauris Cabreras y Danilo Octavio Reinoso a 30 años de prisión el año pasado, el Ministerio Público pidió al tribunal separar para que se conozca individual lo referente al exregidor.

Tras acogerse el pedimento, el abogado de la Unión Nacional de Transportistas y Afines (Unatrafin) y la defensa técnica de Arsenio Quevedo pidieron aplazar la audiencia a los fines de reformular su estrategia de defensa en función de la decisión adoptada por los jueces.

La solicitud de suspensión fue rechazada en función de que, según lo que dijo el tribunal, en la audiencia no se van a presentar ni discutir pruebas sino los argumentos que motivan el recurso de apelación a la decisión tomada por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito.

El Tribunal Colegiado descargó a los tres imputados de actos de sicariato debido a que algunos de los testigos presentados por los fiscales variaron sus testimonios a lo largo del proceso, y que aunque se presentó una relación de llamadas entre los imputados, no se aportaron las pruebas o el contenido de esas conversaciones en los que se pueda establecer que Quevedo diera órdenes para ejecutar a choferes.

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