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CPJ aprueba Escalafón Judicial y dispone provisión de cargos

Organismo deroga y deja sin efecto la resolución 03-2019

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CPJ aprueba Escalafón Judicial y dispone provisión de cargos
Poder Judicial instruye a la Dirección General de Administración y Carrera Judicial a publicar las plazas vacantes aprobadas. (FUENTE EXTERNA )

El Consejo del Poder Judicial, en su sesión ordinaria número 036-2021 de este martes, autorizó la publicación del Escalafón Judicial y el inicio del proceso tendente a la provisión de cargos, en base a la pasada disposición.

Lo hizo mediante la resolución 006-2021, que introduce algunas modificaciones a la 001-2021.

Entre las disposiciones enunciadas en esta resolución están la de instruir a la Dirección General de Administración y Carrera Judicial a publicar las plazas vacantes aprobadas y dar inicio a los procedimientos de provisión de cargos judiciales en virtud de lo previsto en la resolución número 001-2021.

Además, establecer un transitorio que reconoce el derecho a los jueces que se encuentren ejerciendo de manera interina una determinada posición de jerarquía, a ser propuestos en la posición vacante que ha estado ocupando provisionalmente antes de la aprobación de la 001-2021, siempre que continúe desempeñando dicha función al momento de presentarse la provisión del cargo.

De igual manera, dispone que, luego de transcurridos tres años de la aplicación del Escalafón Judicial, entrará en vigencia una modificación al artículo 10 de la resolución número 001-2021, conforme a la cual el tiempo en el departamento será sumado al tiempo como juez en la carrera judicial. Es importante precisar que conforme al artículo 33 de la resolución 001-2021, se mantiene la prohibición de realizar ascensos con traslados.

Otra disposición es la aprobación de la corrección de errores materiales, previo a la publicación del escalafón judicial, en virtud de lo establecido en el artículo 14 de la resolución 1-2021.

Antecedentes

El artículo 15 de la Ley de Carrera Judicial, número 327-98, crea el Escalafón Judicial con la finalidad de que los jueces puedan pasar de una categoría a otra con base al mérito personal y profesional. Asimismo, el artículo 18 dispone que para los ascensos y traslados se tendrán en cuenta rigurosamente, además de las condiciones exigidas por la Constitución, el mérito personal y la antigüedad en el ejercicio de la función en la categoría o grado inferiores y, en igualdad de condiciones, se preferirá al candidato de mayor edad.

El espíritu de la Ley de Carrera Judicial es promover el fortalecimiento institucional del Poder Judicial, asegurar relaciones de trabajo justas y armónicas a los jueces a través de mecanismos justos y objetivos que aseguren los principios constitucionalmente protegidos de ingreso, movilidad y permanencia en la carrera judicial.

Producto de las diferentes consultas, en fecha 23 de febrero de 2021 el Consejo del Poder Judicial aprobó la resolución No. 01-2021 que organiza el Sistema de Escalafón Judicial y el Sistema de Provisión de Cargos Judiciales, y a su vez deroga y deja sin efecto la resolución 03-2019.

También, se instruyó a la Dirección General de Administración y Carrera Judicial para que comunique a todos los jueces su puntuación; de forma que pudiesen realizar cualquier observación con anterioridad a que se publique el escalafón judicial.

Pasado el periodo de observaciones, reparos y reclamaciones, nueva vez se le comunicó por los canales oficiales la puntuación obtenida y revisada -en los casos que aplicó- a los integrantes de la carrera judicial, con la precisión de que al tenor de la norma que crea el escalafón disponía del derecho de recurrir jerárquicamente ante el Consejo del Poder Judicial

“El Poder Judicial ha realizado numerosos esfuerzos para cumplir el objetivo fundamental del escalafón que es regular el orden progresivo e igualitario dentro de la carrera judicial. De igual manera priorizar la provisión de cargos por traslado y ascenso de jueces; siempre que cumplan con los requisitos de ley para ocupar un cargo dentro de su misma categoría y especialidad, un ascenso de categoría o ambas cosas”, dice una nota de prensa.

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