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Dictan 20 años de prisión a dos hombres que hirieron a esposos en un asalto

La pareja, un británico y una dominicana, andaban con una hija de cinco años que logró evadir la balacera al resguardarse tras su madre

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Dictan 20 años de prisión a dos hombres que hirieron a esposos en un asalto
Fiscalía de Santo Domingo Este. (FUENTE EXTERNA)

El Cuarto Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este condenó a 20 años de prisión a dos integrantes de una banda que hirieron de bala a una pareja de esposos que andaban junto a su hija de cinco años de edad, para despojarlos de sus pertenencias, en el ensanche Ozama.

El tribunal dictó la sentencia en contra de Michael Adriano Ramírez y Deivi Emmanuel Polanco, alias Bolón, quienes cumplirán la pena en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

Los jueces Julio de los Santos, Carlos Modesto y Laisa Matos dispusieron que los imputados deberán pagar la suma de dos millones de pesos de indemnización en favor de las víctimas.

El expediente instrumentado por la Fiscalía de Santo Domingo Este indica que el 25 de abril de 2019, el británico Gary James y la dominicana Eddimar García transitaban por calles del sector ensanche Ozama, en Santo Domingo Este, momentos en que fueron interceptados por malhechores.

Ramírez y Polanco se desplazaban junto a otros dos asaltantes que permanecen prófugos a bordo de dos motocicletas y un carro Honda Civic.

“Sorprendieron a la pareja y, tras despojarla de la suma de 15 mil pesos, un celular y otras pertenencias, agredieron a ambas víctimas con heridas de bala en diferentes partes del cuerpo, con lo que les provocaron lesiones permanentes”, dice el informe del Ministerio Público.

En medio de la balacera, la hija de cinco años evitó resultar impactada al resguardarse tras su madre.

En una nota de prensa, la Fsicalía dice que los fiscales litigantes del caso, Loraine Linares y Santo Escolástico, “mostraron durante el juicio de fondo las pruebas en las que el Ministerio Público sustentó su acusación para probar la responsabilidad penal de ambos”.

El órgano acusador le otorgó al caso la calificación jurídica en torno a la violación de los artículos 265, 266, 309, 379, 382, 383 y 386 del Código Penal, que castigan el robo agravado y heridas por arma de fuego; así como la violación a la Ley 631-16 sobre Porte y Tenencia de Armas de Fuego.

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