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Imputados Odebrecht concluyen sus objeciones para evitar la lectura de las delaciones en el juicio

Concluyeron que las delaciones son pruebas ilegitima, y violan principios del proceso penal

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Imputados Odebrecht concluyen sus objeciones para evitar la lectura de las delaciones en el juicio
Fotografía de archivo. (DIARIO LIBRE/ JUAN MIGUEL PEÑA)

Luego de dos días de exposiciones, los seis imputados por los sobornos de Odebrecht terminaron este martes las objeciones para evitar que el tribunal incorpore al proceso judicial las delaciones premiadas enviadas desde Brasil para probar el caso de corrupción administrativa.

Los últimos en realizar las objeciones fueron los abogados del imputado Conrado Pittaluga. Argumentaron que sería un absurdo si el tribunal decidiera admitir que las delaciones premiadas sean leídas en el juicio y sentaría un mal precedente, debido a los vicios de admisibilidad que poseen las mismas.

Los abogados Santiago Rodríguez, Conrad Manuel Pittaluga y Manuel Rodríguez, plantearon que las delaciones premiadas del Ministerio Público violan principios como la inmediación y la contradicción del proceso penal, ya que son unas pruebas obtenidas de manera unilateral, sin que las contrapartes tuvieran la oportunidad de contraexaminar a esos delatores en base a esas declaraciones ofrecidas en Brasil.

Dijeron que para que las delaciones puedan ser admitidas, deberían ser incorporadas a través de los exejecutivos que ofrecieron las informaciones contenidas en las delaciones premiadas, sin embargo, expresaron que, al ser una etapa agotada, las delaciones no pueden ser acogidas para ser valoradas por el tribunal.

Los seis imputados por los US$92 millones de los sobornos de Odebrecht son Ángel Rondón, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga, Tommy Galán, Andrés Bautista y Juan Roberto Rodríguez.

La Pepca responde

Al responder las objeciones de las defensas de los acusados, la fiscal Mirna Ortiz, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), argumentó que Código Procesal Penal establece en su artículo 312 las excepciones a la oralidad, y que entre esas excepciones están la incorporación de documentos en el juicio.

Puso como documento que un periódico es un documento y que eso no conlleva que para su incorporación tenga que venir un editor y sentarse en el tribunal para incorporarlo.

En cuando a la ilegalidad de las pruebas que alegan los abogados, la fiscal estableció que las pruebas fueron recogidas conforme a lo establecido por el Código Procesal Penal y que esto fue establecido en la audiencia preliminar por el juez de la instrucción, quien dijo las pruebas son legales.

Aclaró que el juez de la instrucción estableció que el acuerdo internacional de colaboración, tampoco era necesario para la incorporación de las delaciones.

“¿Cómo se obtuvieron estas pruebas? A través de los sistemas de colaboración y cooperación de la República Dominicana, que forma parte de la comunidad internacional y se compromete con el sistema de cooperación entre los países. Llegan a partir del esquema de colaboración planteado en la misma Constitución”, dijo la fiscal Ortiz en audiencia.

Una vez se concluya estas discusiones, las magistradas Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo tendrán la última palabra.

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Periodista en ejercicio desde el 2014. Ha ejercido la profesión en los principales medios impresos de la República Dominicana. Escribe sobre casos judiciales, derechos humanos, criminalidad y otras problemáticas sociales.