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Procuraduría de Medio Ambiente pide a Luis Abinader paralizar ampliación de cementerio Memorial

Aseguran la acción pondría en peligro áreas protegidas del Parque Mirador Norte

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Procuraduría de Medio Ambiente pide a Luis Abinader paralizar ampliación de cementerio Memorial
El Jardín Memorial está ubicado en Santo Domingo Norte. (ARCHIVO / DIARIO LIBRE)

La Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales solicitó al presidente Luis Abinader paralizar de la ampliación del cementerio Jardín Memorial, ubicado en el área del Parque Nacional Mirador Norte, en Santo Domingo Norte.

Francisco Contreras Núñez, titular de la Procuraduría de Medio Ambiente, realizó la solicitud vía la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito. También solicitó derogar al decreto 1130-03, del 16 de diciembre de 2003, para que prohiba la ampliación del cementerio ya que podría afectar un área protegida.

Reseñan que el Parque Mirador Norte fue creado mediante el decreto 183-93, del 24 de junio de 1993, amparado en la Ley 67 del 8 de noviembre de 1974 (vigente para la época), la cual disponía en su artículo 13 que “quedaba absolutamente prohibido dentro de las demarcaciones de los parques y reservas ceder tierras o permitir el establecimiento de instalaciones a personas, grupos u organizaciones privadas u oficiales”.

Entienden que con la ampliación del cementerio de carácter privado, se contradice la disposición legal.

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La Procuraduría de Medio Ambiente expresó que “en la actualidad el cedazo de la legalidad tampoco es superado por el decreto en cuestión, toda vez que el Parque Nacional Mirador Norte está amparado en la Ley 202-04 (Ley Sectorial de Áreas Protegidas), la cual estable que el sistema de áreas protegidas es irreductible en cada una de sus partes y en su totalidad, por lo que la cesión y autorización de construcción de 70 hectáreas del territorio del parque es violatoria a la ley”.

Añaden que los datos precedentes indican que tanto en la fecha de la emisión del decreto 1130-03, así como en la actualidad, el pronunciamiento del mismo fue contrario a las disposiciones de las leyes vigentes para la época y de las disposiciones de las actuales, por lo que deviene en ilegalidad. Establecen que ese cementerio reduce los terrenos del Parque Nacional Mirador Norte, acción que no podría llevarse a cabo, por la prohibición existente de la cesión de esas tierras.

Expresa la comunicación que otras de las ilegalidades del decreto 1130 están contenidas en el orden constitucional, que establece que en los límites de las áreas protegidas solo pueden ser modificados y reducidos con la aprobación de la tercera parte de los votos de las cámaras legislativas del Congreso Nacional. También dice que la concesión, gestión y construcción de los cementerios es una potestad de los ayuntamientos, lo que implica que los terrenos que serán utilizados para tales fines deben ser autorizados por esas instituciones edilicias.

La derogación de la Ley 1130 -03 no es un petitorio nuevo ni exclusivo de la Procuraduría, sino que ha sido un reclamo de múltiples organizaciones sociales y de autoridades anteriores. El Ministerio Público insiste en el gran daño ambiental que ha causado el Cementerio Jardín Memorial, desmontando cientos de árboles que constituían parte de la flora que sostiene el acuífero y la fauna de ese pulmón de la capital, lo cual contraviene no solo las leyes, sino la propia finalidad del Parque Nacional Mirador Norte, que no es más que la preservación de los acuíferos, la flora y la fauna.

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