Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Sentencias
Sentencias

Tribunal Constitucional ordena a Instituto Agrario devolver tierra a parceleros

IAD había revocado los derechos de los parceleros en Monte Plata

Expandir imagen
Tribunal Constitucional ordena a Instituto Agrario devolver tierra a parceleros
Jueces del Tribunal Constitucional. (ARCHIVO)

El Tribunal Constitucional ordenó al Instituto Agrario Dominicano la reintegración de los derechos parcelarios que les fueron asignados el 24 de noviembre del año 2003 a dos parceleros mediante un proceso de reforma agraria.

Mediante la Sentencia Constitucional TC/0512/19, la alta corte acogió un recurso de revisión en materia de amparo interpuesta por Eleno de Jesús Fernández y Estanislao de los Santos, a quienes les reconoció los derechos sobre las parcelas núm. 79 y 80, correspondiente a la parcela catastral 2-Pte del D.C núm.18 del municipio Monte Plata, sito de Chirino, provincia Monte Plata.

“Acorde con lo anterior, debemos precisar que al no existir en el expediente ninguna documentación que demuestre que la revocación de los derechos parcelarios concedidos a los señores Eleno de Jesús Fernández y Estanislao de los Santos, estuvo fundado en uno de los supuestos dispuestos en el artículo 43 de la Ley núm. 5879, de Reforma Agraria, modificada por la Ley núm. 55-97”, dijo la Alta Corte.

“Es constatable la situación de que en su actuación el Instituto Agrario Dominicano ha adoptado una decisión injustificada y arbitraria, con lo cual ha inobservado la regla del debido proceso, conculcándole a los accionantes su derecho de posesión sobre las parcelas que les fueron asignadas”, continuó diciendo.

El tribunal dijo que no se debe soslayar que en virtud de lo prescrito en el artículo 51.3 de la Constitución, uno de los intereses de la política sociales del Estado es la promoción de la reforma agraria y la integración de la población campesina en el desarrollo nacional, lo cual se viabiliza a través de los procesos que faciliten el asentamiento de los agricultores para que tengan acceso a la propiedad titulada, una vez el Instituto Agrario cumpla con las exigencias registrales establecidas.

Al fijar un astreinte de RD$5,000.00 diarios a favor de los parceleros por cada día de retraso en la ejecución de la decisión, el tribunal revocó la sentencia de la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo que había declarado inadmisible el amparo que interpusieron Eleno de Jesús Fernández y Estanislao de los Santos.

TEMAS -