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Tribunal dicta medida precautoria contra Colegio Médico Dominicano

Ordena prestar servicios a los afiliados sin importar ARS

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Tribunal dicta medida precautoria contra Colegio Médico Dominicano
Sede del Colegio Médico Dominicano. (FUENTE EXTERNA)

El presidente de la Federación de los Trabajadores de las Industria (Conati), José Luis León, informó que la jueza que conoce el recurso de amparo en contra de la huelga del Colegio Médico Dominico (CMD) dictó una medida precautoria, en la cual ordena detener el paro.

La medida fue dictada por la jueza de la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, Priscila Martínez Tineo, ordenando al CMD detener la huelga.

Martínez Tineo indicó, según una nota de prensa, que los médicos están en la obligación de prestar servicio a todos los afiliados de la seguridad social, sin importar a cuál administradora de riesgo de salud (ARS) pertenezcan.

La medida cautelar se mantendrá hasta tanto se conozca el fondo del asunto, el cual ha sido pautado para el próximo 14 de junio a las 9:00 de la mañana.

Conati comenzó un proceso judicial con una acción de amparo a los fines de que se le ponga término a las acciones del CMD, junto a las sociedades especializadas, las cuales violan el derecho a la salud de los afiliados a la seguridad social, indicaron en un comunicado de prensa.

El presidente de Conati había explicado que el CMD violenta un derecho fundamental, a la salud y la seguridad social, consagrado en la Constitución, además de que hay disposiciones y jurisprudencias del Tribunal Constitucional que son vinculantes para todos los poderes públicos y para todos los particulares en sentido general, que garantizan el derecho de los usuarios de la Seguridad Social.

De su lado, el abogado Domingo Polanco, representante de los accionantes, dijo que de acuerdo a las decisiones tomadas por la magistrada en la audiencia, se estableció un hecho que puede ser considerarlo como un precedente, por ser la primera vez que ese tribunal acoge una medida precautoria en el curso del conocimiento de un recurso o acción de amparo.

“Nosotros entendemos que además de contribuir un aporte a la protección del derecho fundamental, como es el derecho de la salud, en este proceso, además crea jurisprudencia en los casos de recurso o acción de amparo”, afirmó Polanco.

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