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Justicia

Tribunal Superior Administrativo ordena apertura de los tribunales

Con su decisión, el tribunal acogió un recurso del Colegio de Abogados

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Tribunal Superior Administrativo ordena apertura de los tribunales
Miguel Surún Hernández, presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicano. (FUENTE EXTERNA)

Los jueces de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenaron la apertura de todos los tribunales a nivel nacional, acogiendo de ese modo un recurso de amparo interpuesto por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) el pasado 8 de julio.

El tribunal presidido por Román Hiciano Berroa e integrado por las juezas Mary Collado, Úrsula Carrasco García Valdez y Lassunsky García, como secretaria, declaró regular y válida en cuanto al fondo y la forma, el recurso de amparo interpuesto por el presidente del CARD, Miguel Surún Hernández, en contra el Consejo del Poder Judicial.

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Infografía
Miembros del Consejo del Poder Judicial en reunión virtual.

El TSA ordenó al Consejo del Poder Judicial mediante sentencia levantar de forma inmediata la suspensión de labores dispuestas en el acta de sesión extraordinaria número 02-2020. También dispuso la apertura de todas las sedes judiciales, las cuales deberán ser dotadas del personal necesario para prestar un acceso real, efectivo, oportuno y presencial a todos los usuarios del sistema de justicia.

Asimismo, dictaminó establecer la atención presencial en las secretarias para el trámite de los expedientes, conforme a lo establecido el protocolo de salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de la República Dominicana.

“Luego de casi siete meses del cierre de los tribunales, se hizo justicia, dos meses después del inicio de la pandemia numerosos establecimientos comenzaron a abrir sus puertas tomando las medidas de precaución dispuestas por las autoridades, menos los tribunales, en perjuicio de miles abogados y de los usuarios del sistema”, expresó Surún Hernández.

Los jueces dictaminaron que la comunicación de la sentencia sea entregada vía secretaria general de tribunal, a las partes envueltas en el proceso y al procurador general administrativo.

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