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Medio Ambiente

Zona del proyecto La Boca es no urbanizable

Así lo indica el Plan de Ordenamiento Turístico

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Zona del proyecto La Boca es no urbanizable
Zona del proyecto (MARVIN DEL CID)

SANTO DOMINGO. La desembocadura del río Yásica en Cabarete, lugar donde la empresa Dreams Endowment Corporations S.R. L, pretende levantar el proyecto “Villas La Boca Ecological Lounge”, cuyo permiso ambiental fue cancelado la semana pasada, está clasificado no urbanizable en el Plan de Ordenamiento Territorial Turístico del Distrito Municipal de Cabarete.

La resolución 9-2012 (DPP) del Ministerio de Turismo que aprueba el reglamento de aplicación del decreto 847/09 que, a su vez, establece el referido plan, coloca la desembocadura del Yásica como uno de los tres sectores que componen la unidad ambiental número 7, correspondiente a Choco. Los otros dos son el Monumento Natural Laguna Cabarete y Goleta y Suelo de Reserva.

De la desembocadura del río señala que está compuesta por las parcelas 44, 45, 46, 48, 49, 50, 51, 51, 53, 54, 55, 57, 58, 66 y la parcela S/N del Distrito Catastral número 5 de Puerto Plata.

Al definir la vocación de esa zona establece: “Suelo NO urbanizable, conservación ecológica”. Luego pasa a definir el uso de suelo permitido: “Turismo de naturaleza”.

De acuerdo con la descripción del proyecto “Villas La Boca Ecological Lounge” que se hace en la licencia ambiental cancelada el día 17 de este mes, éste se levantaría en la parcela 48-B, D. C. 5.

La licencia establecía un área de construcción de 53,500 metros cuadrados de los 619,405 de extensión de los terrenos del proyecto. Esto lo coloca en la categoría de “complejo turísticos mayores” que, de acuerdo con la resolución de Turismo, son aquellos que se proyectan en un área de terreno desde 25,000 a 2.0 millones de metros cuadrados.

Las otras dos clasificaciones son los proyectos “complejos menores”, que van desde 10,000 a 25,000 metros cuadrados, y las “nuevas comunidades turísticas” que van de 2.0 millones de metros cuadrados en adelante.

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