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Punta Catalina
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Codue expresa dudas sobre ceder administración de Punta Catalina a fideicomiso

Codue dice transparencia y respeto a la ley debe primar en traspaso de la administración de la termoeléctrica Punta Catalina a Fiduciaria Banreservas

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Codue expresa dudas sobre ceder administración de Punta Catalina a fideicomiso
Feliciano Lacen, presidente del Codue. (FOTO: FUENTE EXTERNA)

El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue) se sumó este lunes las voces que ven con escepticismo el traspaso de la administración de la Central Termoeléctrica Punta Catalina a un fideicomiso.

A través de un comunicado de prensa, el Codue sostuvo que no está del todo claro el contrato de fideicomiso propuesto por el Poder Ejecutivo y que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados. 

El representante de la entidad que agrupa a iglesias evangélicas, Feliciano Lacen Custodio, solicitó que la aprobación del fideicomiso no violente la Constitución y las leyes dominicanas.

Además, pidió que desde el Gobierno se ofrezca al pueblo dominicano y sectores interesados todas las informaciones relacionadas al contrato de concesión, de modo que se pueda constatar su trasparencia. A la vez, exhortó a estudiar con detenimiento la pieza.

“El Consejo Dominicano de Unidad Evangélica llama a las autoridades del Poder Ejecutivo a orientarse sobre el alcance y el contenido del referido contrato y a los diputados y senadores a pensar mejor en el interés del país y no en sus propias apetencias personales”, acotó en la nota.

Contrato de fideicomiso

El contrato de Fideicomiso Público de Punta Catalina (Fideicomiso CTPC) contempla transferir de forma irrevocable, por el plazo de duración del mismo, que es de 30 años, los bienes y derechos de esa central termoeléctrica a la Fiduciaria Banreservas, una empresa del Grupo Reservas, liderado por el Banco de Reservas de la República Dominicana.

La duración del fideicomiso será contada a partir de la fecha de suscripción del contrato y transcurrido ese plazo y cumplidas las condiciones establecidas en el mismo, se extinguirá y se reintegrará el patrimonio fideicomitido al Estado dominicano, salvo prórroga expresa del Fideicomitente o el Estado, según el artículo 5 del Decreto No. 538-21.

El fideicomiso público contará con un Comité Técnico, que fungirá como órgano auxiliar que aprobará los actos que se requieran para cumplir con el objeto y fines del fideicomiso y con una Unidad de Gerencia. Esta última será dirigida por un Director Ejecutivo para asesorar en la toma de decisiones.

Un auditor externo independiente deberá ser contratado, por instrucciones del Comité Técnico y por cuenta y orden del Fideicomiso CTPC para auditar sus operaciones, las cuales podrían abarcar financiamientos a través de acreedores garantizados como son inversionistas nacionales o internacionales, bancarios, institucionales, entidades públicas y privadas, fondos de inversión, entidades multilaterales.

También, la Fiduciaria podrá contratar, a cargo del Fideicomiso CTPC, a personas físicas o jurídicas para ejecutar obras o servicios; se podrán establecer contratos de compraventa de energía (PPA’s) con personas físicas o jurídicas debidamente autorizadas. Además, a través de licitaciones públicas, la Fiduciaria podrá contratar personas jurídicas para la operación y el mantenimiento del CTPC y supervisores técnicos independientes.

Luego de que la Cámara de Diputados aprobara el pasado 11 de enero del contrato de Fideicomiso CTPC, que fue remitido a comisión el pasado 12 de enero en el Senado, han surgido posiciones a favor y en contra sobre el mismo. 

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