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Proyecto del PLD prohibía financiamiento ilícito

Eliminó restricción inaugurar obras antes de los comicios

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Proyecto del PLD prohibía financiamiento ilícito
Aprobación en primera lectura provocó rechazo de sectores. | Fotógrafo: Luis Gómez

SANTO DOMINGO. El proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas presentado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) establecía la prohibición de cualquier tipo de financiamiento ilícito e impedía el uso y abuso de los recursos del Estado para beneficiar a un candidato o partido político.

Dicha iniciativa fue retirada el pasado jueves por el partido oficial, con el alegato de que no podían aprobarla sin consenso, luego de haber sido sancionada el pasado martes en primera lectura y con modificaciones, en la Cámara de Diputados.

Las garantías de transparencia, rendición de cuentas, de fiscalización, para la equidad y la institucionalidad también fueron tomadas en cuenta en esa iniciativa “satanizada” por los partidos Revolucionario Dominicano (PRD), Revolucionario Moderno (PRM) y la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus).

El único aspecto que quedó en entredicho fue la forma en cómo fue aprobado el proyecto de ley. Debido a que modificaría la ley electoral vigente los diputados del PRD y del PRM y la Finjus argumentaron que debía aprobarse con los votos de las dos terceras partes de los presentes por ser una ley orgánica. Ese requisito fue eliminado del informe de la comisión especial que estudió la iniciativa.

Contribuciones

El referido proyecto se refiere en el artículo 54 completo a las contribuciones ilícitas. Prohibiría donaciones o aportes provenientes de cualquier persona moral de derecho público, las contribuciones de gobiernos e instituciones extranjeras, de personas físicas o jurídicas vinculadas a actividades ilícitas y los que no se puedan determinar su procedencia u origen. Las excepciones de esa regla son la contribución estatal establecida por ley, los aportes de carácter académico y las colectas populares.

La palabra “ilícito” también es señalada en el artículo 50, sobre las “fuentes de ingresos” de los partidos y agrupaciones políticas.

En el párrafo I consigna: “Será ilícito cualquier otro tipo de financiamiento directo o indirecto del Estado, o cualquiera de sus departamentos, dependencias u organismos autónomos o descentralizados; de los ayuntamientos o entidades dependientes de éstos, o de empresas públicas y empresas de capital extranjero o mixto, destinado a los partidos y agrupaciones políticas”. Recalca en el párrafo II del artículo 50 que está prohibido que los partidos y agrupaciones políticas, sus dirigentes, militantes o relacionados reciban para costear una actividad política partidaria, donaciones o regalos de cualesquiera de los poderes del Estado o de los ayuntamientos. Tampoco podrán beneficiarse directa o indirectamente de los recursos y medios que pertenezcan al Estado.

Asimismo, facultaba a la Junta Central Electoral (JCE) para regular y anular cualquier operación ilícita de cual sea apoderada o tenga conocimiento y realizar incautaciones provisionales o tomar medidas cautelares respecto a cualquier bien.

La propuesta legal establecía penalidades, entre éstas, la condena al pago de una multa de doble de la contribución ilícitamente aceptada por la organización política.

Prohíbe uso de recursos; pero…

El citado proyecto prohibía el uso de los recursos del Estado; pero al comparar esa iniciativa con la presentada por la JCE se observa que el PLD eliminó un párrafo que impedía usar los recursos públicos para financiar actividades de rentabilidad electoral como por ejemplo: las inauguraciones oficiales de obras, las que prohíbe realizar desde seis meses antes del día de las elecciones.

Deberes

El proyecto establecía entre los deberes de los partidos, permitir la fiscalización de sus eventos, documentos, libros y registros por parte de la JCE. En el párrafo 1 del artículo 18 consigna que “se prohíbe igualmente a todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios poner a disposición de cualquier partido o agrupación política o de cualquier candidato, o permitirle el uso en cualquier forma y a cualquier título, de bienes o fondos públicos”.