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República Dominicana empieza a exigir prueba PCR a pasajeros de Brasil, Reino Unido y Sudáfrica

La medida se dispone a través de la Resolución 103-2021 de la Junta de Aviación Civil

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República Dominicana empieza a exigir prueba PCR a pasajeros de Brasil, Reino Unido y Sudáfrica
Aeropuerto Internacional del Cibao. (ARCHIVO)

La Junta de Aviación Civil (JAC) emitió la Resolución 103-2021 que dispone que se le exija a los pasajeros procedentes de Brasil, Reino Unido (Inglaterra, Irlanda del Norte, Escocia y Gales) y Sudáfrica la presentación de PCR o de antígenos a su entrada en los aeropuertos dominicanos, el resultado de una prueba tomada con no más de 72 horas antes de su llegada.

La medida busca proteger a la población dominicana ante la circulación de las nuevas variantes del Sars-COV-2.

En lo que respecta a Reino Unido, la exigencia de los resultados de la prueba de PCR o antígenos se mantendrá vigente por un período de cinco (5) días, a partir de la fecha de la presente resolución, que fue emitida este sábado 29 de mayo, la cual pudiera ser extendida a solicitud de los Gabinetes de Salud y del Ministerio de Turismo de la República Dominicana, en coordinación con la JAC.


Para Brasil y Sudáfrica se mantendrá vigente por un período de treinta días (30), a partir de este 29 de mayo, la cual pudiera ser extendida a solicitud de los Gabinetes de Salud y del Ministerio de Turismo de la República Dominicana, también en coordinación con la JAC.

La medida queda enmarcada bajo el conjunto de nuevas disposiciones tomadas por el Gobierno que preside Luis Abinader, en la que se busca controlar la evolución epidemiológica del COVID-19 en el país.

A través del decreto 346-21, del 26 de mayo del corriente, el presidente de la República instruyó a la Junta de Aviación Civil para adoptar, en coordinación con las demás instituciones pertinentes, las acciones necesarias para establecer requerimientos especiales para poder ingresar al territorio nacional, desde los países donde están circulando nuevas variantes de la COVID-19.

La Junta de Aviación Civil es el órgano superior en materia de aviación civil en el país. El mismo se reúne cada 15 días para dictar las medidas y legislaciones sobre el tránsito aéreo, como lo establece la Ley No.491-06 de Aviación Civil de la República Dominicana.

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