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Dueños de clínicas privadas se harán representar de abogados en caso Claudio Caamaño

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales considera que el documento establece precedente ejemplarizador

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Dueños de clínicas privadas se harán representar de abogados en caso Claudio Caamaño
Se alega que a Claudio Caamaño se le negó asistencia médica.

SANTO DOMINGO. En la asamblea celebrada ayer los miembros de la Asociación Nacional de Clínicas Privadas (Andeclip) determinaron poner en manos de abogados el informe sobre el caso del exguerrillero Claudio Caamaño que afecta a varios de sus asociados, por supuesta denegación de servicios.

Andeclip sostiene que el documento es ilegal, mientras el informe del caso sigue despertando controversia.

Se fundamentan en que los miembros de la comisión no entrevistaron ni a los médicos ni a los representantes de los centros de salud involucrados.

También alegan que es impreciso y contradictorio y, por tanto, nulo, pues no se refiere a si se va a iniciar un procedimiento administrativo o un sometimiento penal.

“Y para ello, también debe notificársele a los centros médicos que presuntamente vulneraron la ley, cuál o cuáles artículos del Código Penal y la Ley General de Salud han violado”, alega Andeclip.

Aseguran que se trata de un informe mediático, y que el debido proceso administrativo y judicial está consagrado en el artículo 69 de la Constitución de la y su violación da lugar a la nulidad absoluta del proceso.

Los apéndices 2 y 6 del artículo establecen el derecho a ser oída, dentro de un plazo razonable y por una jurisdicción competente, independiente e imparcial, establecida con anterioridad por la ley, y que nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo.

De su lado, las autoridades del Ministerio de Salud Pública reiteran que no deben citar los nombres de las clínicas privadas, porque sería condicional algo que no ha sido calificado por la instancia correspondiente, en este caso la Procuraduría Especializada en Salud.

Mientras tanto, el superintendente de Salud y Riesgos Laborales, Pedro Luis Castellanos, asegura que el Ministerio crea un precedente que fortalece la confianza de la ciudadanía en las instituciones.

Señala que la Ley General de Salud (42-01) es explícita con respecto a la obligatoriedad que tiene todo establecimiento de salud de brindar atención a pacientes en situaciones de emergencia, más aun cuando está en juego la vida.

Sostiene que al establecer responsabilidades en el manejo del paciente y adoptar las decisiones correspondientes, el Ministerio sienta un ejemplarizadora.

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