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Vuelos cancelados
Vuelos cancelados

Sancionarían a aerolíneas con multas de hasta US$500 mil por faltas colectivas

Retrasos y cancelaciones de vuelos, daños y extravío de equipajes serían penalizados

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Sancionarían a aerolíneas con multas de hasta US$500 mil por faltas colectivas
Los derechos de los pasajeros a veces les son afectados con retrasos o cancelaciones de vuelos y otros. (ARCHIVO)

Una línea aérea, agencias de viajes u otras empresas que incurran en tres o más infracciones durante el transcurso de un año, concernientes a retrasos, cancelaciones y sobreventa de vuelos; pérdida, deterioro o entrega dilatada de equipaje, accidentes y otras infracciones colectivas, podría ser pasible de multas de entre 5 mil y 500 mil dólares.

También, por la retención, suspensión temporal o definitiva de sus operaciones, según un proyecto de ley que está siendo estudiando en la Cámara de Diputados.

La pieza tiene como fin promover y proteger los derechos de los pasajeros desde el momento de consulta o de una reservación hasta que reciban su equipaje satisfactoriamente en su destino final.

Su ámbito de aplicación será en todo el territorio nacional y en países o estados con los que la República Dominicana haya pactado mediante convenios, tratados o acuerdos internacionales.

Se trata de una iniciativa, cuya autora es la diputada peledeísta por Valverde, Dolores Fermín Beltrán, que está siendo objeto de estudio en la Comisión Permanente de Economía, Planificación y Desarrollo, desde el martes 31 de agosto pasado.

En el artículo 33 señala que se entiende que existe reincidencia cuando el mismo infractor incurra en tres o más violaciones colectivas, no para las violaciones individuales, durante el transcurso de un año.

En el párrafo del referido artículo establece que “en caso de reincidencia, el Instituto Dominicano de Aviación Civil y/o Tribunales de la República Dominicana, aplicarán multas a los infractores que oscilarán desde 5 mil dólares hasta la suma de 500 mil dólares”.

Añade, también, que se aplicarán otras multas que abarcarían desde la retención o suspensión temporal o definitiva de sus operaciones.

Retrasos de vuelos

En caso de que los vuelos aéreos se retrasen, el proyecto de ley busca que las aerolíneas tengan la responsabilidad de compensar a los pasajeros con entre el 40, 60 y hasta el 75 por ciento del valor total del pasaje.

También, si el retraso del vuelo excede las 24 horas, la iniciativa prevé que se les ofrezca asistencia a los pasajeros de comida, bebida, alojamiento en un hotel de tres estrellas o más, entre otros beneficios.

Sobreventas y cancelaciones

El artículo 25 establece que, en los casos de sobreventa de boletos aéreos, el transportista o línea aérea deberá solicitar voluntarios que renuncien a sus asientos a cambio de compensaciones, que deberán incluir reembolso y la oferta de un transporte alternativo hasta llegar a su destino final.

En caso de que una aerolínea haya cancelado un vuelo dicha empresa tendrá la obligación de informar con 18 horas de antelación sobre la medida, reembolsar el valor íntegro del boleto y pagar una multa equivalente al 90% del costo del boleto aéreo.

La iniciativa contempla los derechos de los pasajeros, compensaciones y plazos para reclamar o demandar.

También, exenciones o exoneraciones, recursos de retractación y sanciones. Estas últimas deberán ser determinadas por el IDAC conforme a la ley, de ser aprobada y su reglamento, tratados o convenios internacionales del que el país es signatario.

TEMAS -

Periodista dominicana, uasdiana y con máster internacional. Ha trabajado en los periódicos Diario Libre y Listín Diario cubriendo noticias y reportajes de las áreas política, economía, educación y de revista. Ha ejercido la comunicación en radio, televisión, proyectos digitales y en Relaciones Públicas.