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Senadores convierte en ley iniciativa integral sobre Desarrollo Fronterizo

La pieza legislativa pasará ahora al Poder Ejecutivo para ser observada o promulgada

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Senadores convierte en ley iniciativa integral sobre Desarrollo Fronterizo
Senado de la República. (DIARIO LIBRE/ARCHIVO )

El Senado de la República aprobó de urgencia y a unanimidad en dos lecturas consecutivas el proyecto de la Ley integral sobre Desarrollo fronterizo, que fue aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 11 de febrero.

La pieza legislativa pasará ahora al Poder Ejecutivo para ser observada o promulgada.

El nuevo proyecto de ley crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos, abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.

Los senadores Faride Raful y Dionis Sánchez solicitaron que la iniciativa sea conocida en el orden del día y sea aprobada de urgencia en dos lecturas consecutivas.

Raful señaló que al día de hoy existen 130 empresas registradas en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que se desarrollan en la frontera, donde 42 % de esas empresas pertenecen al sector industrial, 30 % a servicios y 28 % al sector agropecuario.

Asimismo, la senadora por el Distrito Nacional informó que 25 % son grandes empresas, un 23 % son pequeñas empresas 19 % de ellas microempresas y 6 % de esas son medianas empresas.

La pieza legislativa se aprobó en varias ocasiones por ambas cámaras legislativas, pero debido a que se le realizaron diversas modificaciones los legisladores no llegaron a un acuerdo para que sea aprobada.

Del proyecto se realizó una nueva redacción, bajo la mediación del presidente Luis Abinader, en la cual se incluyeron algunos puntos de las dos iniciativas procedentes del Senado y de la Cámara de Diputados.

El objetivo de la ley es crear una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo y extender el periodo de exenciones fiscales por 30 años más, y otorgar de un componente de incentivos a las empresas que se instalen dentro del territorio que comprende la zona especial.

Dentro de la ley se establece que las empresas clasificadas podrán disfrutar de la exención de impuestos sobre las operaciones o actividades que realicen exclusivamente en las provincias previstas en dicha ley, y las mismas no podrán extenderse fuera del territorio de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo de las empresas clasificadas.

También deberán cumplir con las formalidades requeridas por la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, número 479-08, y tendrán las obligaciones de mantener la mayor parte de sus empleos en las provincias de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, el porcentaje mínimo que será requerido quedará establecido en el reglamento de aplicación de la ley y será condición para el mantenimiento de la clasificación de las empresas bajo este estatuto.

La ley también tendrá un régimen sancionador a quienes cometan faltas que se clasificarán en graves y muy graves.

De igual forma, deberán llevar un registro y fiel asiento de los artículos exonerados, consignándolos conforme se describen en la orden de exoneración.

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Licenciada en Comunicación Social, egresada de la UASD y periodista en Diario Libre.