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VIDEO | Video | Ruidosos y peligrosos: práctica de drift en sector Colinas de Los Ríos atormenta a vecinos

Residentes en el sector Colinas de los Ríos del Distrito Nacional piden la intervención de las autoridades a fin de evitar un fatal accidente, debido a que un grupo de personas está utilizando la vía principal como pista de drift.

El grupo, que inició la práctica hace aproximadamente dos semanas, se reúne en un terreno donde funcionan varios negocios, incluido Kit Plast, ubicado en la calle Paseo del Arroyo, vía en la que corren a alta velocidad a bordo de carros y de buggies, sin importar que es una calle sumamente transitada.

Videos enviados a este medio muestran el momento en que los ocupantes de los vehículos hacen “ceritos” en la vía, lo que obliga a los demás conductores que circulan en la referida calle a detenerse mientras dure la maniobra.

Además del peligro que representa la alta velocidad en la zona residencial, las personas que viven en las proximidades del negocio, donde se quedan parqueados los buggies, se quejan del ruido que causan los vehículos y el grupo que allí se reúne hasta altas horas de la noche.

Los artículos 220 y 267 de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sancionan la conducción temeraria y prohíben la competencia de velocidad en las vías públicas.

Según el artículo 220, “las personas que conduzcan un vehículo de manera imprudente, desafiando o afectando los derechos y la seguridad de otras personas o bienes, serán sancionadas con multa equivalente de dos (2) a cinco (5) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que pudieren corresponder, y de la reducción de puntos en la licencia que determine el reglamento”.

Mientras que el artículo 267 establece que “queda prohibido a los conductores de vehículos efectuar competencias de velocidad en las vías públicas. La violación a esta disposición será sancionada con una multa equivalente de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado, la pena de uno (1) a tres (3) meses de prisión y los puntos en la licencia de conducir que determine el reglamento correspondiente”.

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