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Qué son los nuevos derechos digitales en España

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Qué son los nuevos derechos digitales en España

ESPAÑA. En España un patrón no podrá utilizar WhatsApp para contactar a un empleado fuera de su horario laboral y no podrá prohibir el uso de dispositivos para navegar en Internet. Así, la Organización de las Naciones Unidas ratificó en julio pasado la importancia de los derechos humanos en Internet señalando que las empresas deben guiarse por la vía de los derechos humanos en cuanto a moderación de contenidos y tratamiento de datos personales y el Estado, por su parte, debe concentrarse en que dichos haberes sean respetados.

Todos los usuarios de las tecnologías de información y comunicación tenemos derechos que, entre otras cosas, garantizan que tengamos un libre acceso a la tecnología y a la información y, al mismo, tiempo, podamos expresar nuestras ideas sin que seamos cuestionados por ello.

En este contexto, el Congreso español aprobó reformas a su Ley Orgánica de Protección de datos, adicionando 17 nuevos derechos que protegerán la vida y huella digital de los usuarios de Internet y las redes sociales.

Entre ellos destacan:

Respeto a la neutralidad de la red. Se refiere al tratamiento y velocidad para el envío y la recepción de paquetes de datos en Internet. Las empresas o el Estado deberán garantizar que no existan preferencias.

Derecho a la educación digital. Se plantea que, en todos los niveles educativos, desde primaria hasta universidad, se contemplen módulos para el desarrollo de las habilidades digitales.

Protección de los menores en Internet. Se menciona que tanto la familia como el Estado, deberán garantizar que los menores puedan hacer uso de las tecnologías digitales, en un contexto de uso equilibrado y responsable que permita el desarrollo personal y educativo, pero preservando su dignidad y derechos fundamentales.

Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral. Se explica que no puede prohibirse el uso de dispositivos electrónicos para navegar en la red, sin embargo, empleadores y empleados deben establecer normas precisas para el uso particular en horarios laborales.

Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral. En términos concretos, se explica que los patrones no podrán utilizar redes sociales, servicios de mensajería digital o cualquier otra plataforma electrónica para contactar a sus empleados fuera del horario laboral o en días de descanso.

Derecho al olvido en búsquedas de Internet y en redes sociales y servicios equivalentes. Se refiere a que toda persona tiene el derecho al olvido en las plataformas digitales cuando se asocie información antigua a sus perfiles o bien cuando esta sea inexacta.

Derecho al testamento digital. Los deudos de una persona podrán solicitar acceso a las redes sociales de un difunto, así como a sus servicios de mensajería o a cualquier otra plataforma de la vida digital, a menos que en el testamento se prohíba tal situación.

Derecho de portabilidad en redes sociales. Se explica que, en la medida de lo técnicamente posible, una persona podrá llevarse todos sus datos de una red social a otra.

Si bien la propuesta de ley ha sido aprobada por el Congreso, falta que la Cámara de Senadores la cambie, la rechace o la apruebe. Sin embargo, tal y como sucede con todas las leyes recién creadas, faltan las leyes secundarias que explicarán cómo se cumplirán dichos derechos, qué sanciones habrá en caso de incumplimiento y qué autoridades se harán cargo de la vigilancia y cumplimiento de la normativa a riesgo de que se convierte en una declaración de buenos deseos.

No obstante, es una ley que entiende bien el contexto digital y las necesidades de los usuarios de las tecnologías de la información y comunicación en un contexto en que las leyes y los derechos se construyen a partir de las reglas de uso de las tecnologías y no de los Estados.

Tomado de Forbes.

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