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Dr. J va a arbitraje en caso contra desarrollador de marca

Un juez de Delaware suspende la demanda que presentó la leyenda del baloncesto Julius Erving

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Dr. J va a arbitraje en caso contra desarrollador de marca
ARCHIVO - Foto del 14 de abril del 2013, el Salón de la Fama Julius Erving se quita la gorra ante la afición en el encuentro de los 76ers de Filadelfia ante los Cavaliers de Cleveland. El lunes 28 de noviembre del 2022, un juez de Delaware determina que Erving tendrá que ir a arbitración en la demanda contra un desarrollador de marca por incumplimiento de contrato. (AP/MICHAEL PEREZ)

Un juez de Delaware suspendió la demanda que presentó la leyenda del baloncesto Julius Erving contra una empresa de desarrollo de marca y mercadotecnia y falló que la disputa debe ir a arbitración.

La demanda que presentó el exjugador integrante del Salón de la Fama y que es conocido como “Dr. J” inició tras un acuerdo en el 2016 para vender un interés mayoritario de su marca y otra propiedad intelectual a Authentic Brand Group LLC.

De acuerdo con los expedientes judiciales, ABG y su socio mayoritario y director ejecutivo, James Salter, prometieron crecer la marca de Erving con nuevos acuerdos de licencia, apariciones promocionales y otras oportunidades de mercadotecnia.

La demanda, que presentó el año pasado, asegura que ABG y Salter no cumplieron en dedicar recursos necesarios para crecer la marca de “Dr. J” y se enfocaron en otras marcas más rentables.

Entre las acusaciones específicas, la demanda sostiene que ABG desvió fondos de manera errónea a si mismo para pagar una cuota de manejo no autorizada del 30%, y utilizó una métrica errónea para determinar la distribución de las cantidades.

ABG presentó una moción para desechar la demanda, asegurando que el acuerdo de operaciones requiere que las partes arbitren la disputa.

En la decisión del lunes, el vicerector Nathan Cook acordó que, que de acuerdo con la provisión de resolución del acuerdo de operaciones, la corte no tiene jurisdicción hasta que el caso haya pasado primero por un arbitrador.

Indicó además que de acuerdo con la Ley de Arbitración Federal, era apropiado suspender la demanda y no desestimarla, a la espera de la decisión del arbitrador.

Si el arbitrador determina que la disputa es arbitrable entonces la demanda será desestimada debido a que el Tribunal de Cancillería no tendría jurisprudencia. Si el arbitrador determina que la disputa no es arbitrable, las partes regresar a la corte para seguir con el proceso.

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