Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Grandes Ligas
Grandes Ligas

El acuerdo laboral de MLB que choca con leyes de RD

En EE.UU., Grandes Ligas opera como un monopolio

Expandir imagen
El acuerdo laboral de MLB que choca con leyes de RD
El puertorriqueño Jorge Pérez-Díaz es el vicepresidente internacional de la MLB y consejero especial.

SANTO DOMINGO. Los 30 equipos de las Grandes Ligas emplean a centenares de escuchas en el país para identificar y reclutar talentos (al menos 4 por club), pero el acuerdo que rubrican estos cazatalentos tiene entre sus seis páginas de letras pequeñas un apartado que choca con las leyes laborales dominicanas.

Se trata del capítulo XII o Disputa del Major League Club Uniform Employee Contract, que establece que ante cualquier diferencia laboral entre el club y el empleado, “el único y exclusivo fórum disponible para el empleado y el club resolver tal disputa será el arbitraje del Comisionado o el que el Comisionado designe”.

Fue la cláusula que informó por carta, a la que tuvo acceso DL, Jorge Pérez-Díaz, vicepresidente internacional de la MLB, a uno de los cuatro escuchas dominicanos despedidos en enero por los Piratas que demandaron al equipo por las prestaciones laborales. Pérez-Díaz, ex fiscal de Puerto Rico, notificó que hay una demanda en contra del escucha César Augusto Saba Roche basada en el artículo XII.

Sin embargo, expertos en derecho laboral consultados para esta nota discrepan de la validez de ese acápite para limitar el universo en el que un empleado pueda exigir sus derechos.

“El tribunal debe preexistir por principio general de derecho ante de que surja un deferendo”, explicó el abogado Luis Calcaño. “De que se pueda hacer, bueno ellos (MLB) podrán establecer y ellos arriesgarse, pero de ahí a que eso sea acogido ante un tribunal laboral que se decida demandar a una de esas instituciones que tiene su personalidad jurídica y representadas en el país por alguien, no”.

En 2015, la MLB suscribió un acuerdo con la Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo para que esta última sirva de sede de diferendos de conflictos entre vinculados a la principal liga de béisbol del planeta.

Pero Calcaño aclara, que ese escenario debe establecerse en los contratos como primer escalón a agotarse.

“Dicho sea de paso no ata a las partes a quedarse con el laudo que dicte ese tribunal. Si usted no está de acuerdo con ese laudo arbitral usted puede recurrir ante la corte de apelación civil del departamento judicial al que pertenezca esa cámara, en este caso la de Santo Domingo”, dijo el profesional del derecho.

DL supo que al menos otros cuatro clubes utilizan la misma estructura que los Piratas, utilizando ONG como empleadoras.

NPerez@diariolibre.com

TEMAS -