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Ajuste salarial se podrá impugnar hasta el 21 de abril

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Ajuste salarial se podrá impugnar hasta el 21 de abril
Es probable que el aumento entre en vigencia en mayo. (ARCHIVO/ PEDRO BAZIL)

SANTO DOMINGO. El plazo para impugnar el aumento de 20% del salario mínimo del sector privado no sectorizado acabará el próximo 21 de abril, según confirmó el presidente del Comité Nacional de Salarios (CNS), Félix Hidalgo.

De acuerdo a la normativa laboral, deben transcurrir 15 días para que cualquiera de las partes que participó en la negociación reclame o haga observaciones sobre el ajuste salarial.

Este jueves el Ministerio del Trabajo publicó un aviso con la resolución 05/2017 que contiene la decisión que la semana pasada tomaron los representantes de los sindicatos y el gobierno en la mesa de negociación del CNS. La patronal se había retirado antes de la discusión.

Hidalgo indicó que el sector empresarial tendrá que ratificar la impugnación. Ya la había presentado el viernes pasado en la tarde, pero aún no había iniciado el plazo de los 15 días, que comienza en el momento en que el Ministerio de Trabajo publica la resolución.

Tres posibilidades

Cuando transcurra ese plazo, el ministro de Trabajo, José Ramón Fadul, deberá reiterar la decisión de ajuste de 20% o atender a las observaciones contenidas en la impugnación. Incluso podría solicitar a las partes renegociar el aumento salarial, según dijo el presidente del CNS.

Hidalgo resaltó que, en caso de que el ministro ratifique el aumento en los términos expresados en la resolución 05/2017, lo más probable es que la medida entre en vigor el 1 de mayo. Es decir, el incremento salarial se pagaría a partir de ese fecha, no en abril.

De mantenerse la decisión del 20% el salario mínimo del sector privado no sectorizado en las empresas grandes será de RD$ 15,447.60, en las empresas medianas de RD$10,620.00 y en las pequeñas empresas de RD$9,411.60 al mes.

El sector empresarial intentará reunirse con el Ministerio de Trabajo y con los sindicatos para volver a conversar sobre el salario mínimo del sector privado no sectorizado.

El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP), Pedro Brache, dijo que la intención es “que podamos llegar a una decisión entre ambos”, al referirse a los empresarios y los sindicatos que participaron en la discusión en el Comité Nacional de Salarios.

Agregó que no es cierto que en la discusión de 2015 el Ministerio de Trabajo y la patronal hayan decidido el porcentaje de incremento, pues lo único que se acordó sin los sindicatos fue en la forma de aplicar el aumento salarial.

El presidente del CONEP dijo que esperan que la reunión con los representantes del gobierno y de los sindicatos se concrete para presentar otra propuesta sobre el incremento.

15,447

sería el nuevo salario mínimo no sectorizado, en caso de que Fadul lo ratifique.

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