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Asegura revisión salarial se hará como lo establece la ley

Ministro de Trabajo dijo que el gobierno es respetuoso de las leyes

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Asegura revisión salarial se hará como lo establece la ley
Ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps. (ARCHIVO DL)

Ante el reclamo de las centrales sindicales de que se convoque al Comité Nacional de Salarios para la discusión del aumento salarial a los trabajadores para el sector privado no sectorizado se hará como lo establece la ley, de acuerdo a las declaraciones del Ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps.

El funcionario dijo que el gobierno encabezado por el presidente Luis Abinader, es respetuoso de las leyes.

“Este es un Gobierno respetuosos de las leyes y la ley establece las fechas y los años en lo que debe llevarse la convocatoria pertinente, el Gobierno cumplirá la ley”, señaló De Camps.

Recientemente la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD) llamó al ministro de Trabajo a convocar cuanto antes y no esperar para junio las discusiones sobre aumento salarial, dada la “indetenible inflación” que se registra en los precios de los artículos que componen la canasta básica y servicios.

Jacobo Ramos, presidente CNTD, puso como ejemplo que productos como el pollo, el arroz, aceite y otros comestibles incrementan sus precios sin ningún tipo de control y lo que ocurre con los precios del transporte de pasajeros es una desgracia.

Este periodista entrevistó al presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS), Rafael –Pepe- Abreu, en principio de 2021 y este señaló que la discusión del aumento salarial debe reenfocarse, o que sea basado en el salario real, no nominal.

“Qué importancia tienen que te aumenten RD$5.00 si esos RD$5.00 el valor que tiene a la hora de adquirir productos es el valor de RD$1.00, es decir, tú ha logrado un aumento, pero es muy relativo. En realidad, no saca al trabajador del estado de decadencia en el que vive, no disminuye la pobreza se mantiene dentro de la pobreza”, indicó el dirigente sindical en ese momento.

El artículo 456 del Código Laboral indica, entre otras cosas, que las tarifas de salarios mínimos en cada actividad económica serán revisadas de oficio por el Comité (Comité ), por lo menos una vez cada dos años.

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Graduado en comunicación social en la Universidad O&M. Cursó un Máster en Comercio Internacional en el Centro Europeo de Postgrado CEUPE, tiene varios diplomados en economía, aduanas, sector eléctrico, impuestos y periodismo de investigación.